La derrota de lo épico. Ana Cabana Iglesia
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СКАЧАТЬ Según esta autora, el descontento general de la población de las zonas afectadas fue usado por los representantes del poder local como arma de presión contra el poder central, pero esto en ningún momento supuso una incompatibilidad con su adhesión al Partido Único luso –Uniâo Nacional– ni con su devoción al régimen salazarista. En el estudio general que la propia autora realizó, junto con Inés Fonseca y Paula Godinho, se verifica que, frecuentemente, en asuntos como la repoblación forestal o la construcción de embalses, ante la amenaza que el poder central infundía en los intereses de las autoridades de esas localidades y élites sociales comprometidas con el régimen salazarista, estos no defienden propuestas que coinciden con lo establecido en Lisboa, sino aquellas que «menos perjudicam a terra que os viu nascer», aunque estas «estejam em clara contradiçâo com o bem da Naçâo» (Fonseca, Freire e Godinho, 1997). Para Galicia no podemos establecer cuál era la postura dominante en el conjunto de las autoridades locales en caso de no sintonía entre sus propios intereses y los designios de la política estatal. De lo que sí podemos dar cuenta es de que aun cuando la «bisagra» se tornaba hacia los intereses locales, igual que en el caso portugués, el límite de su defensa estaba en salirse de lo que podía entenderse que rompía la adhesión y fidelidad exigida por las altas instancias.

      Los conflictos institucionales enfrentaron también a las hermandades con otros organismos estatales encargados de hacer efectiva la política económica de intervención de precios y mercados de productos agrarios y factores de producción vinculados a la agricultura (CGAT, SNT o Fiscalía General de Tasas). Se mantuvieron asimismo tiranteces entre las entidades sindicales agrarias y los ayuntamientos alrededor de la fiscalidad local y de la atribución de determinadas competencias. Estos conflictos y desave-nencias tienen su reflejo en la conflictividad de la población. El posicionamiento de las hermandades con respecto a medidas intervencionistas de la economía en ciertas ocasiones supuso una atenuación de las consecuencias negativas de esta y de las medidas sancionadoras que la resistencia ejercida por la población conllevaría sin su intermediación. Estamos hablando de peticiones de condonaciones de multas por atraso en la entrega de cupo e incluso por la negativa a su entrega y de mostrar desacuerdo con las propuestas de cupo para determinadas campañas. Todo ello provocó en alguna ocasión su significativa revisión a la baja, como ocurrió en 1949, cuando 16 hermandades de Pontevedra manifestaron su desacuerdo con el cupo y forzaron –con la ayuda de los dirigentes de COSA– al jefe provincial del SNT a reducirlo.

      Coincidimos con Daniel Lanero (2011) cuando indica que esta conflictividad institucional controlada no planteó nunca un ataque directo al régimen político como tal, sino que muestra las discrepancias entre las diferentes instituciones por la lucha constante por el control de los recursos en un contexto de escasez y por gestionar parcelas de poder político. Pero, aun así, ayudaron a recubrir demandas sociales que consiguieron categoría de conflicto y resistencia civil. Quizá uno de los ejemplos más clarificadores sobre una toma de postura de las hermandades para favorecer las demandas sociales lo tenemos en los amillaramientos. Puntualicemos que estas instituciones sindicales participaron en el conflicto, aprovechando el descontento existente, para hacerse con espacios de poder que hasta ese momento les habían estado vetados y, además, defendían los intereses de muchos de sus cuadros que, en su condición de grandes propietarios y contribuyentes, resultaban perjudicados.

      La realización de amillaramientos, registros en los que se establece el valor de las propiedades rústicas con la finalidad de repartir, en función de tal valor, el impuesto de la contribución, estuvo en la raíz de una de las resistencias más habituales que se constatan en Galicia a partir de la segunda mitad de los años cuarenta y cincuenta del siglo XX. La Reforma Tributaria de diciembre de 1940 y las disposiciones de la Ley de 26 de septiembre de 1941 habían dispuesto la revisión, conservación y rectificación de los amillaramientos establecidos con anterioridad. Esta legislación, junto a las circulares de mayo de 1943 de la Dirección General de Propiedades y Contribución Territorial, encomendaba esta tarea a ayuntamientos y diputaciones. Desde el inicio de esta labor la población rural se mostró contrariada por las formas y maneras como se realizaba y activó toda una variada gama de resistencias. Las primeras están relacionadas con la no cooperación con los encargados de confeccionar la información y con la negativa al pago que cada propietario debía realizar en concepto de gasto de la gestión de registrar las propiedades y valorarlas. El malestar se incrementó ante la ineficiencia mostrada en la recogida СКАЧАТЬ