Название: El libro negro del comunismo
Автор: Andrzej Paczkowski
Издательство: Bookwire
Жанр: Документальная литература
isbn: 9788417241964
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Ahora bien, Stalin ordenó o autorizó numerosos crímenes de guerra, siendo el más espectacular la liquidación de la casi totalidad de los oficiales polacos hechos prisioneros en 1939, de los que solo son un episodio los 45.000 muertos de Katyn. Sin embargo, otros crímenes de mucha mayor amplitud han pasado inadvertidos, como el asesinato o la muerte en el Gulag de centenares de miles de soldados alemanes capturados entre 1943 y 1945. A esto se añaden las violaciones en masa de mujeres alemanas por los soldados del Ejército Rojo en la Alemania ocupada, sin hablar del saqueo sistemático, llevado a cabo por el Ejército Rojo, de todo útil industrial localizado en los países ocupados. Tienen cabida en el mismo artículo 6b los resistentes organizados que combatieron el poder comunista de manera abierta, cuando fueron hechos prisioneros y fusilados o deportados. Por ejemplo, los militares de las organizaciones polacas de resistencia antinazi (POW, AK), los miembros de las organizaciones de guerrilleros armados bálticos y ucranianos, los resistentes afganos, etc.
La expresión «crimen contra la Humanidad» apareció por primera vez el 18 de mayo de 1915, en una declaración contra Turquía suscrita por Francia, Inglaterra y Rusia en relación con la matanza de los armenios, calificada de «nuevo crimen de Turquía contra la Humanidad y la civilización». Los abusos nazis impulsaron al tribunal de Nüremberg a redefinir la noción en su artículo 6c: «El asesinato, el exterminio, la reducción a la esclavitud, la deportación y cualquier otro acto inhumano cometido contra todas las poblaciones civiles, antes o durante la guerra, o las persecuciones por motivos políticos, raciales o religiosos, cuando estos actos o persecuciones hayan o no constituido una violación del derecho interno del país en que fueron perpetrados, fueran cometidos a continuación de cualquiera de los crímenes que entran dentro de la competencia del tribunal, o en relación con ese crimen».
En su requisitoria de Nüremberg, François de Menthon, fiscal del Tribunal Supremo francés, subrayaba la dimensión ideológica de estos crímenes:
Me propongo demostrarles que toda comisión de crímenes organizada y masiva deriva de lo que me permitiría denominar un crimen contra el espíritu, quiero decir de una doctrina que, negando todos los valores espirituales, racionales o morales, sobre los que los pueblos han intentando desde hace milenios hacer progresar la condición humana, pretende sumergir a la Humanidad en la barbarie, y no ya en la barbarie natural y espontánea de los pueblos primitivos, sino en una barbarie demoníaca ya que es consciente de sí misma y utiliza para la consecución de sus fines todos los medios materiales puestos a disposición del hombre por la ciencia contemporánea. El pecado original del nacionalsocialismo, a partir del cual se derivan todos los crímenes, es este pecado contra el espíritu. Esta doctrina monstruosa es la del racismo. (…) Ya se trate de crimen contra la paz o de crímenes de guerra, no nos encontramos ante una criminalidad accidental, ocasional, que los acontecimientos podrían ciertamente no justificar, pero sí explicar. Nos encontramos, por el contrario, ante una criminalidad sistemática que deriva de forma directa y necesaria de una doctrina monstruosa, servida con una voluntad deliberada por los dirigentes de la Alemania nazi.
François de Menthon precisaba igualmente que las deportaciones destinadas a asegurar una mano de obra suplementaria para la máquina de guerra alemana y las que pretendían exterminar a los opositores no eran sino «una consecuencia natural de la doctrina nacionalsocialista para la que el hombre no tiene ningún valor en sí, cuando no se halla al servicio de la raza alemana». Todas las declaraciones en el tribunal de Nüremberg insistían en una de las características mayores del crimen contra la Humanidad: el hecho de que el poder del Estado fuera puesto al servicio de una política y de una práctica criminales. Sin embargo, la competencia del tribunal se hallaba limitada a los crímenes cometidos durante la Segunda Guerra Mundial. Resultaba, por lo tanto, indispensable ampliar la noción jurídica a situaciones que no se relacionaran con esta guerra. El nuevo Código penal francés, promulgado el 23 de julio de 1992, define así el crimen contra la Humanidad: «La deportación, la reducción a la esclavitud o la práctica masiva y sistemática de ejecuciones sumarias, de arrestos de personas seguidos por su desaparición, de la tortura o de actos inhumanos, inspirados por motivos políticos, filosóficos, raciales o religiosos, y organizados en ejecución de un plan concertado en relación con un grupo de la población civil» (el énfasis es nuestro).
Ahora bien, todas estas definiciones, en particular la reciente definición francesa, se aplican a numerosos crímenes cometidos bajo Lenin, y sobre todo bajo Stalin, y posteriormente en todos los países de régimen comunista con la excepción (a beneficio de inventario) de Cuba y de la Nicaragua de los sandinistas. La condición principal no parece que pueda discutirse: los regímenes comunistas han actuado «en el nombre de un Estado que ha practicado una política de hegemonía ideológica». Precisamente en nombre de esta doctrina, fundamento lógico y necesario del sistema, fueron asesinados decenas de millones de inocentes sin que pudiera imputárseles ningún acto en particular, a menos que se reconozca que era un crimen el ser noble, burgués, kulak, ucraniano e incluso obrero o… miembro del partido comunista. La intolerancia activa formaba parte del programa puesto en funcionamiento. ¿No fue el jefe supremo de los sindicatos soviéticos, Tomski, el que el 13 de noviembre de 1927 declaraba en Trud:? «Entre nosotros también pueden existir otros partidos. Pero este es el principio fundamental que nos distingue de Occidente. La situación imaginable es la siguiente: ¡un partido reina y todos los demás están en prisión!»3.
La noción de crimen contra la humanidad es compleja y abarca crímenes expresamente mencionados. Uno de los más específicos es el genocidio. Tras el genocidio de los judíos cometido por los nazis, y a fin de precisar el artículo 6c del tribunal de Nüremberg, la noción fue definida por una convención de las Naciones Unidas de 9 de diciembre de 1948:
Se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, cometidos con la intención de destruir en todo o en parte a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal: a) asesinatos de miembros del grupo, b) atentado grave contra la integridad física o mental de los miembros del grupo, c) sumisión intencionada del grupo a condiciones de existencia que deben acarrear su destrucción física total o parcial, d) medidas que pretendan estorbar los nacimientos en el seno del grupo, e) traslados forzados de niños del grupo a otro grupo.
El nuevo Código penal francés proporciona una definición aún más amplia del genocidio: «El hecho, en ejecución de un plan concertado que tiende a la destrucción total o parcial de un grupo nacional, étnico, racial o religioso, o de un grupo determinado a partir de cualquier otro criterio arbitrario» (el énfasis es nuestro). Esta definición jurídica no contradice el enfoque más filosófico de André Frossard para el que «existe crimen contra la Humanidad cuando se mata a alguien con el pretexto de que ha nacido»4. Y en su breve y magnífico relato titulado Todo pasa, Vassili Grossman dice de Iván Grigorievich, su héroe, que regresa de los campos de concentración: «Había seguido siendo lo que era desde su nacimiento, un hombre»5. Precisamente por eso había caído bajo el golpe del terror. La definición francesa permite subrayar que el genocidio no es siempre del mismo tipo (racial como en el caso de los judíos), sino que puede también ir dirigido contra grupos sociales. En un libro publicado en Berlín en 1924, titulado El terror rojo en Rusia, el historiador ruso, y socialista, Serguei Melgunov, citaba a Latzis, uno de los primeros jefes de la Cheka (la policía política soviética) que, el 1 de noviembre de 1918, proporcionó directrices a sus esbirros: «No hacemos la guerra contra las personas en particular. Exterminamos a la burguesía como clase. No busquéis, durante la investigación, documentos o pruebas sobre lo que el acusado ha cometido, mediante acciones o palabras, contra la autoridad soviética. La primera pregunta que debéis formularle es la de a qué clase pertenece, cuáles son su origen, su educación, СКАЧАТЬ