La Tradición Constitucional de la Pontificia Universidad Católica de Chile. José Francisco García G.
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СКАЧАТЬ siendo un intento final de mostrarla en su mejor luz ante la alta probabilidad de su reemplazo”.

      De nuevo aparece aquí, en suma, la simbiosis entre lo académico y quien, desde su ejercicio como abogado, principalmente como juez constitucional en este caso, va dando aplicación y no solo diseñando o haciendo perdurar en las aulas la tradición constitucional de la UC.

      Por eso, José Francisco alude, con razón, a “la mayor contribución del profesor Cea a la tradición constitucional de la UC, más allá del refinamiento técnico de aquellas ideas e instituciones que conforman su núcleo esencial, así como también la manera en que pensamos el constitucionalismo en general, ha sido, sobre todo, constituirse en un faro acerca de qué significa enseñar derecho constitucional; en qué consiste la práctica de la abogacía en relación a la disciplina, pero también en los compromisos que ella envuelve al involucrarse en el plano académico; el trabajo de los académicos en una Facultad de Derecho; la construcción intergeneracional de una práctica dirigida a la búsqueda de la verdad, y la responsabilidad de Estado de quienes nos desempeñamos como profesores y académicos en una democracia constitucional”.

      Peña

      Tiene razón el autor cuando advierte que “parece prematuro evaluar un legado aún en construcción desde la perspectiva dogmática”, como es el que se encuentra hilvanando la profesora Marisol Peña. Y también tiene mucha razón cuando constata que “es macizo el que dejó la profesora Marisol Peña como ministra del Tribunal Constitucional; la segunda en la historia, la primera Presidenta del mismo. Como espero haber demostrado, se trata de un legado jurisprudencial consistente con el núcleo de la tradición constitucional de la UC en los temas esenciales. Lo ha hecho, forjando un ideal de juez constitucional –sobre los pasos del ministro Valenzuela Somarriva–, por un lado, y en cuanto a los contenidos, avanzando los pasos de sus maestros, y de los maestros de sus maestros, sin solución de continuidad, por el otro”.

      Sin embargo, es indudable que, más que mirar su trayectoria y contribución –que, sin duda, la hay, es valiosa y ya permite, con justicia, situarla en la saga de Evans, Guzmán, Silva y Cea– la profesora Peña tiene que ser posicionada en el presente y de cara al futuro porque “tiene muchos años por delante para seguir aportando a la dogmática constitucional. Con la tradición constitucional de la UC tiene un especial deber de cuidado y tutela; un rol de liderazgo y dirección, de proyección. Esta proyección tiene una doble dimensión. Primero, a pensar acerca de la evolución de la misma, siguiendo los senderos recorridos de sus antecesores, aquellos que son parte de su ethos. Segundo, está también asociada a su capacidad de formar a nuevas generaciones de alumnos, ayudantes, a dar testimonio en la sala de clases y fuera de ellas, en las tareas de investigación, entre los profesores jóvenes y ayudantes del Departamento de Derecho Público, de un testimonio experiencial profundo, en primera persona, de una forma de vivir y pensar el constitucionalismo” sobre la base, siempre, de “su eclecticismo y su apertura a los nuevos desarrollados dogmáticos y jurisprudenciales, tanto nacionales como comparados. Esta apertura es fundamental para anticipar lo único anticipable: nuevas tesis, ideas y la revitalización de sus actuales enfoques”.

      UNA NOTA IMPORTANTE, LA TRADICION Y EL PORVENIR

      No solo sería una apreciación injusta, sino gravemente incompleta, sostener que el libro de José Francisco García se refiere y agota en describir la obra, trayectoria y aporte de los profesores que, con cuidado, pero sinceramente, presenta y evalúa en los dos volúmenes de su libro, como savia que corre por los pasillos de la Universidad Católica, primero en la Casa Central, luego en el Campus Oriente y de vuelta en Casa Central.

      Para evitar este error, una nota a la obra del profesor García, que ya es también parte de esa tradición en lo que viene, como una constante de pasado y futuro, que solo se escinden dependiendo del momento desde el que los miramos pero que reflejan un continuo en la secuencia de las personas y de las instituciones.

      El volumen que prologo, junto al análisis de los cinco profesores, incluye también una contribución significativa en los párrafos de entrada –podríamos decir, sin pretender aludir a eventos actuales con este término– al comienzo de cada uno de los capítulos que se dedican a ellos sobre el contexto histórico en que comienzan su actividad académica, y lo mismo en los párrafos de salida –ya siendo inevitable la alusión al momento constitucional– donde va delineando, precisamente, esa tradición que él se ha propuesto buscar.

      Hay que leer unos y otros con mucha atención. Son, por lo demás, un excelente material de lectura para nuestros alumnos en pre y postgrado (José Francisco, al fin y al cabo, es también un profesor).

      Es la mirada del constitucionalista joven sobre hechos –a veces, cercanos todavía– que nos han ido modelando a todos, dentro y fuera de la Facultad. Será bueno, si Dios nos da vida y capacidad, revisitar esta mirada cuando el autor sea parte de la obra futura (escrita por otro, seguramente), que sitúe el examen sobre él y sobre los que sigan esta tradición en este tiempo y más allá. Pero, no hay duda, el aporte del libro de José Francisco no es solo una relación, más o menos circunstanciada de la vida y contribución de los profesores que han seguido contribuyendo a la tradición constitucional de la UC, sino que es una presentación crítica de un tiempo de nuestra historia política e institucional, sobre fundamentos sólidos, con opiniones propias, siempre sensatas, respetuosas, sinceras y agudas, como es precisamente esa tradición y de la que –lo repito– queda en evidencia que ya forma parte.

      Aporte

      El autor nos recuerda, casi al finalizar este segundo volumen, que, en su investigación –que es realmente la naturaleza del libro que ha escrito–, ha argumentado a favor de la contribución decisiva de la tradición constitucional de la Universidad Católica de Chile, y más específicamente la de su Facultad de Derecho, a la tradición constitucional chilena, desde que fuera forjada por Abdón Cifuentes a finales del siglo XIX.

      Desde esta perspectiva, lo que más exactamente busca responder en este segundo volumen es la pregunta acerca de “cuál es la dimensión de la Carta de 1980 que puede ser considerada aporte de la tradición constitucional de la UC”.

      Su tesis es que esa contribución se encuentra en “los avances y la evolución de esta filosofía constitucional humanista, personalista, de principios y valores, que, basada en la dignidad de la persona humana, irradia el resto de las disposiciones constitucionales, rompiendo incluso eventuales barreras que inhiben un constitucionalismo social intenso –y compatible con una subsidiariedad activa que promueve la participación de la sociedad civil en la coproducción de bienes social–”.

      Es cierto lo que dice José Francisco.

      Pero quisiera complementarlo con una consideración adicional que arranca de la biografía de los profesores Evans, Guzmán, Silva, Cea y Peña, así como, casi sin excepción, de las nuevas generaciones que, a mi juicio, agrega un componente relevante a la tesis de José Francisco y que, si bien está presente en su análisis, creo oportuno realzar.

      Por causas que son diversas, entre las cuales pueden anotarse algunas directamente vinculadas a la propia Constitución, como, por ejemplo, la fuerza normativa que se le irá reconociendo y la incorporación del recurso de protección –tal y como sucederá con la inaplicabilidad una vez que sea radicada en el Tribunal Constitucional, desde 2005–, así como otras relacionadas con que el perfil fuertemente orientado al ejercicio de la profesión que irá asumiendo la formación en nuestra Facultad, perfilamiento que alcanzará también al derecho público en general y al constitucional en particular, añadidos al fenómeno de la constitucionalización del derecho, los cinco profesores asumen y proyectan la tradición de la Universidad entre 1967 y 2019. Junto a su actividad académica y a su contribución a tal tradición, como lo plantea José Francisco en su tesis, ellos despliegan también una relevante participación en otras áreas del ejercicio СКАЧАТЬ