Название: Modelando el emprendimiento social en México
Автор: Группа авторов
Издательство: Bookwire
Жанр: Зарубежная деловая литература
isbn: 9786079380793
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Fuente: Haigh, N., Dowin, E. y Walker, J., 2015.
El panorama legal mexicano: una visión general
Aunque existe un acuerdo general sobre el crecimiento exponencial del ES en México en los últimos cinco años, también hay un claro consenso que describe los marcos legales como una de las dimensiones más desafiantes del ecosistema del ES en el país (Butcher, 2014; Green Street y EY, 2014; Huberts, 2015; Banco Interamericano de Desarrollo y Fundación Ecología y Desarrollo, 2016). En términos generales, un emprendedor social tiene tres opciones amplias al momento de seleccionar la estructura legal de una organización: una estructura lucrativa que conlleve una fuerte misión social; una no lucrativa, que genere parte o la totalidad de sus ingresos; y una de “entidad mixta”, que asocie lo lucrativo con lo no lucrativo a través de la propiedad, contratos, donaciones u otros medios (Haigh, et al., 2015).
Para el caso de México, podemos dividir el análisis del panorama legal en dos grandes áreas: las estructuras no lucrativas y las estructuras lucrativas. Las estructuras legales más desarrolladas para los emprendedores sociales pueden encontrarse dentro de los límites de la estructura no lucrativa, aunque recientemente ha habido avances en el área lucrativa. Las entidades mixtas también se encuentran en crecimiento, sin embargo, se definen como áreas “grises” en las que aún se están elaborando directrices específicas. Debido a que las empresas sociales con y sin fines de lucro actualmente se encuentran bajo el dominio de diferentes instituciones públicas, no existen datos que sistematicen el número de organizaciones de ES en cada estructura legal. No obstante, una encuesta elaborada en México por el Centro de Opinión Pública de la Universidad del Valle de México, UVM (2013), demuestra que 68% de los proyectos de muestra del ES son no lucrativos, 24% son mixtos y 9% son lucrativos.
Uno de los principales problemas a los que se enfrentan los emprendedores sociales en México es que no hay una estructura legal que les permita aceptar donaciones deducibles de impuestos y recaudar ingresos de las ventas de productos o servicios de forma simultánea. Como consecuencia, muchos establecen una organización no lucrativa para recibir subvenciones y una organización lucrativa para vender servicios y productos (Banco Interamericano de Desarrollo y Fundación Ecología y Desarrollo, 2016), lo que significa que los emprendedores sociales se ven forzados a realizar “acrobacias legales” (Huberts, 2015).
Las estructuras sin fines de lucro
Para comprender el panorama legal de la empresa social sin fines de lucro en México, es importante considerar su vínculo con los orígenes y el desarrollo del tercer sector en la región. Si bien las organizaciones de la sociedad civil mexicana comenzaron a surgir como stakeholders relevantes en la esfera pública desde la década de 1970 (Butcher, 2014), no fue hasta 2004 que la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil se aprobó y publicó como la base legal principal para el sector no lucrativo en México. Durante más de una década, las organizaciones exigieron una ley que las reconociera como stakeholders clave en la esfera social. Antes del establecimiento de esta ley, el entorno legal para las organizaciones sin fines de lucro en México “[…] era disperso y discrecional […] ni siquiera proporcionaba un estatus deducible de impuestos para más de la mitad de las organizaciones de la sociedad civil en ese tiempo” (Arango, 2002).
Según el International Center for Not-for-Profit Law (ICNL), hay dos formas legales organizativas principales para una organización sin fines de lucro en México: Asociaciones Civiles (A.C.) e Instituciones de Asistencia Privada (I.A.P.). De acuerdo con el Código Civil, una A.C. está formada por dos o más personas que se asocian para un propósito común que no es principalmente de carácter económico. Una I.A.P. se crea para realizar servicios de caridad con activos privados de acuerdo con las leyes estatales sobre asistencia privada. Las I.A.P. se registran ante la Junta de Asistencia Privada, que es un organismo social, que las supervisa. En México, las I.A.P. deben pertenecer a la Junta de Asistencia Privada de su región. Es importante destacar que el papel de la Junta de Asistencia Privada es más que simbólico; su tarea es convertirse en un “guardián” de la misión social de las diferentes I.A.P. registradas por región. La Junta es elegida por los miembros del sector y se alternan en periodos de tres años.
Tanto las I.A.P. como las A.C. deben registrar sus estatutos con el Registro Público de la Propiedad y el Registro Federal de Contribuyentes. Para ser candidata a recibir fondos gubernamentales, una organización debe estar listada en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI) creado por la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil de 2004. La tabla 3.3 resume las características de estas estructuras.
Tabla 3.3. Formas de organización no lucrativas de las empresas sociales en México
Formas de organización | Asociaciones Civiles (A.C.) | Instituciones de Asistencia Privada (I.A.P.) |
Órganos de registro | Registro Público de la Propiedad y Registro Federal de Contribuyentes. Para ser candidata a recibir fondos gubernamentales, una organización debe estar registrada en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI). | Junta de Asistencia Privada, Registro Público de la Propiedad y Registro Federal de Contribuyentes. Para ser candidata a recibir fondos gubernamentales, una organización debe encontrarse en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil. |
Número aproximado | 35,762 (Registro Federal de OSC): Activas, 20,587; Inactivas, 14,964 | 3,135 |
Barreras para entrar | Ninguna | Ninguna |
Barreras para las actividades | Ninguna | Ninguna |
Barreras para el discurso y/o apoyo | Ninguna | Ninguna |
Barreras para el contacto internacional | Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que clasifica las donaciones como una “actividad vulnerable” | Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que clasifica las donaciones como una “actividad vulnerable” |
Barreras para recursos | Leyes impositivas que inhiben las donaciones, con un tope para las donaciones elegibles (corporaciones e individuos pueden deducir hasta 7% de sus ingresos gravables pagados durante el año fiscal) | Las leyes impositivas limitan la deducibilidad de las donaciones |
Barreras para asamblea | Restricciones para no ciudadanos y prisioneros; suele requerirse una notificación previa de nivel estatal; prohibición legal en asambleas tres días antes de las elecciones; tendencia de los estados a promulgar leyes que permitan a la policía el uso extremo de la fuerza contra los manifestantes. |
Fuente: International Center for Not-for-Profit Law, ICNL, 2017.
Los siguientes casos intentan describir, desde el punto de vista de los emprendedores sociales mexicanos, la manera en que СКАЧАТЬ