El sistema financiero a finales de la Edad Media: instrumentos y métodos. AAVV
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СКАЧАТЬ Records Society, XLI, 1998, p. 92.

      LA HACIENDA MUNICIPAL DE ZARAGOZA EN LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XIV:

      Mario Lafuente Gómez Universidad de Zaragoza

      INTRODUCCIÓN1

      El concepto de «hacienda municipal» referido a las villas y ciudades medievales constituye una convención historiográfica que sirve para nombrar al conjunto de estructuras y actividades económicas situadas en la órbita de las autoridades locales. En las poblaciones de la Corona de Aragón este tipo de funciones fueron alineándose durante el siglo XIII en torno a cargos específicos, denominados clavaris, clavers, síndics o, como en el caso de la mayoría de las grandes villas y ciudades aragonesas, mayordomos. La primera reglamentación del cargo de mayordomo correspondiente a la ciudad de Zaragoza se inserta en las ordenanzas ratificadas por Jaime II el 23 de mayo de 1311, en las que se regula el sistema de elección de los magistrados locales, sin incluir detalles sobre sus competencias. Según esta normativa, los mayordomos debían ser nombrados al mismo tiempo que lo eran los jurados, el procurador de la ciudad, los almutazafes, el portero y el encargado de los muros, con la particularidad de que su origen debía situarse necesariamente en una de las nueve parroquias mayores de la ciudad, quedando al margen, por lo tanto, los vecinos procedentes de las otras seis parroquias urbanas, identificadas como menores.2

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      Muy posteriormente, el 15 de agosto de 1391, Juan I aplicó algunas modificaciones sobre la reglamentación anterior, sin alterar sustancialmente su contenido en lo relativo al sistema de elección de las magistraturas, aunque introduciendo una pormenorizada descripción sobre las funciones concretas de cada una de ellas.3 En estos estatutos, el mayordomo se define como el responsable de recibir los ingresos del concejo, así como de efectuar los pagos de todas las cargas que afectasen a la ciudad, previa autorización de los jurados. Su salario se fijaba en 1.000 s. j. anuales, cantidad idéntica a la de cada uno de los jurados de la ciudad, y, antes de tomar posesión de su cargo –acto que se producía cada 15 de agosto–estaba obligado a depositar una fianza de 40.000 s. j.4 Esta reglamentación incluyó además una novedad significativa, al imponer un procedimiento de auditoría sobre la contabilidad tanto del mayordomo como de cualquier otro oficial urbano con responsabilidades económicas. Al frente de dicho procedimiento se situaban dos contadores, nombrados específicamente para ello y renovados anualmente.5

      Asimismo, la responsabilidad de poner por escrito la contabilidad del cargo de mayordomía recaía, según las ordenanzas emitidas por Juan I, en un notario escogido por el propio mayordomo. En términos económicos, el contrato del notario se traducía en un salario anual de 300 s. j. y un máximo de 12 dineros por cada uno de los albaranes que expidiera, independientemente de las cuantías consignadas.6 Sin embargo, a pesar de que la ciudad de Zaragoza conserva una buena serie de documentación notarial, cuyos protocolos más antiguos datan de la década de 1320, los primeros registros sistemáticos de la contabilidad dirigida por el mayordomo de la ciudad que se han podido localizar son relativamente tardíos, ya que corresponden a finales de la década de 1360 y comienzos de la siguiente. Se trata, concretamente, de tres cuadernos de albaranes de la mayordomía, todos ellos redactados por el notario Gil de Borau. El primero de ellos corresponde al ejercicio 1368-1369, cuando ejerció el cargo Domingo de Flores, y es un cuaderno de 64 folios (rectos y vueltos), encuadernado en pergamino y cosido, posteriormente, en el registro de las actas de dicho notario de 1369.7 El segundo da cuenta de la mayordomía de Miguel de Azara, en 1372-1373, consta de 60 folios (rectos y vueltos) y está incluido en el registro notarial de 1373.8 El tercero y último desglosa el ejercicio de Juan Jiménez de Sinués, que data de 1373-1374, se organiza en 38 folios (recto y vuelto) y está añadido en el registro de 1374.9

      El seguimiento por escrito de la gestión desarrollada por los mayordomos, a juzgar por el contenido de los tres cuadernos que acabamos de citar, incluía el registro de todas aquellas partidas de ingresos y gastos ordinarios del concejo, así como algunas de las consideradas extraordinarias, normalmente justificadas por demandas de la monarquía o, sencillamente, por actuaciones estrictamente municipales. Es importante tener en cuenta, no obstante, que la gestión del mayordomo no centralizaba, necesariamente, la totalidad de la actividad económica del municipio, por lo que es muy probable que existieran conceptos cuyo seguimiento se llevase a cabo mediante instrumentos paralelos. Este fue el caso, por ejemplo, de algunos de los servicios otorgados a Pedro IV durante la guerra con Castilla, cuya administración exigió el nombramiento de comisiones específicas emanadas bien de las Cortes o bien del concejo o los capítulos parroquiales, y cuya actividad conocemos gracias a la conservación de albaranes de cobro, más o menos dispersos entre los protocolos notariales. La cuantía y finalidad de este tipo de operaciones extraordinarias justificaron, sin duda, la organización de un entramado administrativo particular, pero, junto con ellas, otras actividades económicas pudieron discurrir también por cauces diferentes al de la mayordomía de la ciudad.

      Los tres ejemplares indicados son los únicos cuadernos de albaranes del siglo XIV hallados, hasta la fecha, entre los fondos notariales zaragozanos, aunque es probable que un registro sistemático de los protocolos del último cuarto de la centuria pueda aportar algún volumen más. La misma valoración puede hacerse extensiva al siglo XV, para el que se conocen tres ejemplares, datados en 1456, 1472 y 1477.10 De otro lado, la documentación municipal conservada incluye libros de actos del concejo solo a partir de 1440 y de forma discontinua,11 si bien la información contenida en estos registros puede ampliarse, a partir de 1444, gracias a la conservación de varias relaciones de bienes inmuebles pertenecientes al concejo.12

      En perspectiva comparada, la hacienda municipal zaragozana presenta evidentes paralelismos en los otros dos grandes centros urbanos de la Corona de Aragón –Barcelona y Valencia–, particularmente en lo referente al marco institucional y su evolución durante la Baja Edad Media.13 En estas dos ciudades, la gestión de la actividad económica del municipio se organizó a partir de la figura del clavario, cuyas funciones equivalen a las desempeñadas por el mayordomo en Zaragoza. Las primeras referencias al cargo, de hecho, son prácticamente contemporáneas en las tres ciudades, ya que, mientras la mayordomía СКАЧАТЬ