Название: Derecho internacional: investigación, estudio y enseñanza
Автор: Enrique Prieto-Rios
Издательство: Bookwire
Жанр: Юриспруденция, право
Серия: Jurisprudencia
isbn: 9789587844214
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12 Protagonista de la serie televisiva Los Expedientes X.
13 Ian Brownlie, Principles of International Law. Oxford: Oxford University Press, 1966.
14 Estas tres referencias corresponden a la Paz de Westfalia, al Congreso de Viena y al Tratado de Versalles, respectivamente.
15 Al respecto: Corte Permanente de Arbitraje, “Asunto de la Isla de las Palmas, Estados Unidos c. Países Bajos”, sentencia arbitral, 4 de abril de 1928.
16 Véase, por ejemplo, George Rodrigo Bandeira Galindo y César Yip, “Customary International Law and the Third World: Do not Step on the Grass”. Chinese Journal of International Law, vol. 16, n.º 2, 2017, pp. 251-270.
17 Al respecto, véase, por ejemplo: Usha Natarajan, “TWAIL and the Environment: The State of Nature, the Nature of State, and the Arab Spring”. Oregon Review of International Law, vol. 14, 2012, pp. 177-201.
18 Véase, por ejemplo: John Reynolds, Sujith Xavier y Asad Kiyani, “Third World Approaches to International Criminal Law”. Journal of International Criminal Justice, vol. 14, n.º 4, 2016, pp. 915-920.
Más allá del derecho, más allá de lo internacional. ¿Qué hace falta?
Paola Andrea Acosta Alvarado*
Laura Betancur Restrepo**
René Urueña***
*Docente investigadora de la Universidad Externado de Colombia. Presidenta de la Academia Colombiana de Derecho Internacional (Accoldi). Funcionaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Miembro fundadora del proyecto Repensar la Educación del Derecho Internacional en América Latina (Redial). Doctora en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, Instituto Ortega y Gasset, Universidad Complutense de Madrid. Diploma de Estudios Avanzados en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, Instituto Ortega y Gasset, Universidad Complutense de Madrid. Magíster en Derecho Público, Universidad Externado de Colombia. Postítulo en Derechos Humanos y Procesos de Democratización, Universidad de Chile. Abogada, Universidad Externado de Colombia.
**Abogada, filósofa y doctora en Derecho por la Universidad de los Andes (Colombia). DEA en Derecho Internacional y Organizaciones Internacionales de la Université París I Panthéon-Sorbonne (Francia) y DSU en Derecho Internacional Público de la Université Paris II Panthéon-Assas (Francia). Fue directora de la Maestría en Derecho Internacional y coordinadora de la Maestría en Construcción de Paz en la Universidad de los Andes. Miembro fundadora del proyecto Repensar la Educación del Derecho Internacional en América Latina (Redial), junto con colegas de Colombia, Chile y Brasil.
***Abogado, LL. M. y Ph. D. (eximia cum laude). Profesor asociado. Director del área de Derecho Internacional y del Centro de Investigaciones Sociojurídicas (CIJUS) de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes. Ha sido profesor visitante de la Universidad de Utah, fellow de las Universidades de Nueva York y de Helsinki y junior faculty del Institute for Global Law and Policy de la Escuela de Derecho de la Universidad de Harvard.
El seminario Repensando y Renovando el Estudio del Derecho Internacional: El Derecho Internacional dentro, desde y sobre América Latina buscaba ofrecer, inicialmente, un espacio para reflexionar sobre el derecho internacional desde una mirada particular y en torno a tres asuntos puntuales: la historia, el imperialismo y la educación en esta rama del derecho. No obstante, las contribuciones inspiradas por el evento hicieron claro que estas tres cuestiones son en realidad vectores que iluminan nuevas formas de pensar todas las áreas sustanciales del derecho internacional, generando innumerables combinaciones entre cada uno de estos y los temas sustanciales que en nuestra región se han entendido tradicionalmente como parte de dicha rama del derecho. Así, la idea de debatir desde más allá de la ortodoxia hizo evidente el sinnúmero de variopintos asuntos que hoy en día se estudian desde el derecho internacional y las diversas formas de abordarlos.
La reflexión sobre historia, imperialismo y educación es, en realidad, un prisma, un dispositivo de visión nocturna, si se quiere, que nos permite detectar dinámicas de poder subyacente en las doctrinas jurídicas que componen el corpus clásico del derecho internacional, las cuales se ven oscurecidas por la pretensión de neutralidad que inspira una lectura plana de los materiales jurídicos. En este contexto, nuestra motivación se hizo evidente: el derecho internacional de las fuentes, los sujetos y la responsabilidad, leído exclusivamente desde lo jurídico, sigue siendo importante; pero es insuficiente para dar cuenta del uso que se hace del lenguaje del derecho internacional, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, en lo público y en las relaciones privadas.
Prueba de ello son los textos que componen este tomo. Los cinco capítulos representan un esfuerzo por mirar temas clásicos del derecho internacional desde una perspectiva heterodoxa e interdisciplinaria: el derecho de las organizaciones internacionales, revisitado mediante una reflexión sobre el papel de las Naciones Unidas en los procesos transicionales. El regionalismo y la neutralidad de las relaciones económicas son puestos en cuestión por medio de una relectura de la narrativa neocolonial española frente a América Latina. Así mismo, las agendas contemporáneas del “derecho administrativo global” y el llamado al constitucionalismo transnacional son releídas desde una perspectiva latinoamericana.
Las contribuciones a este tema también cuestionan la conocida dicotomía realista entre law in the books y law in action, y proponen el law in the classroom, a través de una relectura crítica de los pénsums de derecho internacional enseñados en las facultades de nuestra región. Por su parte, la doctrina clásica de fuentes es cuestionada, mediante una lectura decolonial de la costumbre internacional y, finalmente, las crisis sanitarias, como momento límite de la gobernanza internacional, se exploran en la gestión de los intereses del tercer mundo por medio del derecho internacional.
Una lectura transversal de estos textos nos deja ver dos puntos en común: por una parte, la apertura del derecho internacional a tratar temas diferentes de los clásicos, o incluso el uso de viejas herramientas para nuevos propósitos; por otra, la importancia de otras lecturas, más allá de las europeas y las meramente jurídicas. Vale la pena hacer algunas reflexiones sobre estas cuestiones que, sin duda, guiaron el propósito del seminario e irradian la publicación en la que se insertan estos documentos.
Renovar y repensar el derecho internacional
Renovar significa hacer lucir algo viejo como nuevo. Para muchos, ello podría significar reivindicar la utilidad y la pertinencia de lo viejo en la actualidad; por el contrario, para otros implica darle nuevos usos, dotarlo de nuevos visos, nuevos significados. Tratándose del derecho internacional, su renovación trae consigo el doble desafío de conocer lo viejo para pensarlo desde lo nuevo.
¿Qué renovar? El primer paso para intentar renovar el derecho internacional probablemente sea conocerlo bien, como anotó Martti Koskenniemi durante el evento. El derecho internacional no es más que un lenguaje cuya gramática debemos dominar si queremos СКАЧАТЬ