Название: El sexo oculto del dinero
Автор: Clara Coria
Издательство: Bookwire
Жанр: Социология
Серия: Androginias 21
isbn: 9788412469066
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4 Mi decisión de realizar grupos separados por sexos responde a la hipótesis de que el tema dinero —entre otras muchas cosas— responde a un estereotipo de identidad sexual cuya imagen se defiende a ultranza frente al sexo opuesto. Los grupos heterosexuales incluirían otras variables que complejizan el tema central de investigación.
5 Los Estudios de la Mujer surgen en los años 60 como una necesidad de dar respuesta teórica a una serie de interrogantes y problemas que han afectado y siguen afectando la vida de las mujeres. Problemas referidos a la desigualdad en el terreno social, económico, político y legal; a su exclusión de las áreas de ejercicio del poder; a la discriminación social y cultural; a la perpetuación de prejuicios y estereotipos en relación al género femenino. Los Estudios de la Mujer plantean la revisión crítica de los conceptos teóricos y científicos que avalan la actual condición femenina. Promueven el esclarecimiento de los aspectos ideológicos, sin fundamento racional, que subyacen en la vida cotidiana condicionando un lugar de subordinación. Proponen la construcción de teorías alternativas que posibiliten un cambio en esta condición. Los Estudios de la Mujer han hecho aportes muy esclarecedores. Han develado muchos de los prejuicios implícitos y puesto de relieve el carácter del sujeto humano. Gloria Bonder señala que «el saber instituido sobre las mujeres… reproduce y contribuye a perpetuar un conjunto de prejuicios por omisión o por sanción sobre la condición femenina» (IV). Existe en la actualidad amplia bibliografía al respecto en disciplinas tales como psicología, sociología, biología, antropología, economía, historia, derecho, educación.
6 La cultura occidental —siguiendo la concepción de José Luis Romero (V)— «surge como resultado de la confluencia de tres grandes tradiciones: la romana, la hebreo-cristiana y la germánica. El legado romano se caracterizó, entre otras cosas, por un formalismo que tiende a crear sólidas estructuras convencionales que defienden un estilo de vida con valores absolutos en donde la riqueza y el poder acompañan a la idea de gloria terrena». El legado hebreo-cristiano «consistió ante todo en la organización eclesiástica que el imperio había alojado, en la idea de un orden jerárquico de fundamento divino y en la idea de ciertos deberes formales del hombre frente a la divinidad». El legado germánico aportó la idea de una vida menos elaborada… «que exaltaba sobre todo el valor y la destreza, el goce primario de los sentidos y la satisfacción de los apetitos».
7 El cristianismo, además de ser una religión, se constituye en un cuerpo dogmático, conjunto de ideas absolutas e incuestionables. Estos dogmas no nacen con el cristianismo, sino que tienen sus orígenes en las antiguas tradiciones hebreas, a las que heredan ampliándolas e incrementando su complejidad. Esos dogmas han contribuido muy firmemente a nutrir y consolidar la ideología patriarcal que se instala en la cultura occidental. Es para resaltar esta continuidad que, en este libro, me referiré a concepciones «judeocristianas», en lugar de cristianas solamente.
8 Al hablar de «fantasmas» me refiero a un conjunto de ideas y vivencias —en parte conscientes y en parte inconscientes— que adoptan la forma de una presencia incorpórea. Confluyen en el fantasma distintos temores. Unos provienen de fantasías inconscientes terroríficas (como por ejemplo la fantasía de castración). Otros son generados por las transgresiones culturales y el temor a su sanción. Tanto el fantasma de la prostitución como el de la impotencia, evocan y generan profundas vivencias persecutorias.
9 Me refiero a la necesidad de adquisición y recambio permanente de los bienes de consumo que genera el sistema económico capitalista.
10 Me refiero a clase media y clases pobres y ricas en el sentido en que lo hace Evelyne Sullerot, es decir, haciendo referencia a la cantidad de ingresos económicos. En el cap. I se caracteriza más ampliamente la población de la cual partieron mis reflexiones.
11 Evelyne Sullerot comenta al respecto que «las relaciones entre los sexos son más igualitarias en las clases medias y conservan formas más patriarcales en las clases más pobres y más ricas de la población», agregando que «la igualdad de roles no se traduce siempre por igualdad de estatuto y de poderes para los dos sexos» (IX).
I. La dependencia económica en las mujeres
El fantasma de la prostitución y su incidencia
en ciertas inhibiciones en las prácticas cotidianas
con el dinero
«…el primero y más indispensable de los pasos hacia la emancipación de la mujer es que se le eduque de tal manera que no se vea obligada a depender ni de su padre ni de su marido para poder subsistir: posición esta que en nueve de cada diez casos la convierten en juguete o en esclava del hombre que la alimenta, y en el caso número diez, en su humilde amiga nada más».
John Stuart Mill (I)
La dependencia económica: una forma de subordinación femenina
Son muchas y variadas las situaciones de dependencia que es posible encontrar a nuestro alrededor.
Los niños dependen de los mayores, los discapacitados de los hábiles, los enfermos de los sanos, los analfabetos de los letrados, los pobres de los ricos.
Se trata de una amplia gama de dependencias. Unas necesarias como la dependencia infantil; otras dolorosamente ineludibles como la dependencia de los enfermos y discapacitados.
Una tercera, socialmente denigrante como la de los analfabetos y los pobres, es compartida con la dependencia de las mujeres hacia los hombres.
Estas últimas no pertenecen al orden de la naturaleza. Pertenecen fundamentalmente al orden de la cultura y han sido pacientemente construidas a través de los siglos por sabios y pensadores que erigiéndose en representantes de un orden divino y de una verdad indiscutida condenaron a la mujer a una situación de subordinación.
Este continuo, sutil e intencionado trabajo obtuvo su broche de oro cuando las sociedades comenzaron a normativizar el funcionamiento de sus miembros al salir de los regímenes feudales e incluyeron en sus legislaciones normas precisas que subordinaban la mujer al hombre en lo social, cultural y económico.
El código civil argentino, heredero del código romano y napoleónico, ubicó a la mujer junto a los niños y los discapacitados en una total dependencia del hombre (de su padre primero y de su marido después).
Recién en 1968 la modificación del Código Civil Argentino incluyó a la mujer como sujeto jurídico.
Esta subordinación que llegó a formar parte constitutiva de una supuesta «condición femenina», ha sido transmitida ininterrumpidamente, en forma manifiesta y latente, a través de todos СКАЧАТЬ