Название: El sistema financiero a finales de la Edad Media: instrumentos y métodos
Автор: AAVV
Издательство: Bookwire
Жанр: Документальная литература
isbn: 9788491333173
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39 Como ejemplo de la primera operación, encontramos a Diego de Aguilar, el mozo, lencero, y Francisco de Cuenca, platero, vecinos de Valladolid, que salieron como fiadores de Pedro de Guadalajara, joyero, vecino también de Valladolid, en el censo perpetuo contraído por este con el convento de Santa Clara de Tordesillas sobre unas casas que el monasterio poseía en la calle de la Costanilla de Valladolid. AHPV, Protocolos, leg. 14065/1, ff. 729v-732r. En cuanto al segundo caso, podemos citar una carta de fianza por la que Francisco Corvalán, vecino de Medina de Rioseco, salía por fiador de Antón Audinete, platero, vecino de la misma villa, para estar «a justicia» con Juan de Villalón, mercader, vecino de Medina de Rioseco, para lo que le demandara, AHPV, Protocolos, leg. 8439, ff. 35v-36r.
40 Los legajos 1 y 2 de la sección Protocolos del AHPV son un buen ejemplo de esta concentración. Estas piezas recogen mayoritariamente cartas de arrendamiento de casas propiedad del cabildo de la colegiata a vecinos de la villa durante los primeros años del siglo XVI. D. Carvajal et al.: Mercaderes y cambiadores en los protocolos notariales, pp. 24-28.
41 AHPV, Protocolos, leg. 1, ff. 383r-392v. y leg. 2, f. 246.
42 Sobre un total de 356 casos registrados. Fuentes: AHPV, Protocolos, legs. 1, 29, 32, 4394, 6095, 6813, 7330, 7838, 7839, 7840, 8433, 8434, 8436, 8438, 8439, 8440, 8441, 8448, 14065/1, 20152. 20153, 20154 y 20205, pertenecientes a las localidades de Medina del Campo, Medina de Rioseco, Valladolid, Toledo y menores.
43 AHPV, Protocolos, leg. 7840, ff. 495r-496v.
44 De nuevo, valga como ejemplo el poder otorgado por Juan del Castillo, vecino de Toledo, a Diego López de Santa Justa, hijo de Pedro López, mercader, vecino de Toledo, y a Fernando Núñez de Madrid, su suegro, vecino de la misma ciudad, para que puedan obligarle como su fiador, hasta en cuantía de 100.000 mrs., para pagar a sus acreedores. AHPV, Protocolos, leg. 7840, ff. 565r-566r (Toledo, 1519/08/18).
45 «Tiene gran provecho a aquel que la recibe (la fianza), pues está por ello más seguro de aquello que le han de dar o hacer, porque quedan ambos obligados, tanto el fiador como el deudor principal», Partida V, Título XII, Ley I.
46 Valgan como ejemplo los estudios de Maria Giuseppina Muzzarelli: «Il credito al consumo in Italia: dai banchi ebarici ai Monti di pietà», o Myriam Greilsammer: «Il credito al consumo in Europa: dai lombardi ai Monti di pietà», ambos en Franco Franceschi, Richard A. Goldthwaite y Reinhold C. Mueller (coords.): Il Rinascimiento italiano e l’Europa. Commercio e cultura mercantile, Treviso, Fonzacione Cassamarca / Angello Colla Editore, 2007, pp. 567-589 y 591-611.
47 Hilario Casado Alonso: «Comercio textil, crédito al consumo y ventas al fiado en las ferias de Medina del Campo en la primera mitad del siglo XVI», en Salustiano de Dios et al. (eds.): Historia de la propiedad: crédito y garantía, Madrid, Servicio de Estudios del Colegio de Registradores, 2007, pp. 127-160.
48 D. Carvajal: Crédito privado y deuda, pp. 363 y ss.
49 Este mismo fenómeno se aprecia en las fianzas otorgadas a los cambiadores públicos en Valladolid. Cuando los regidores requirieron afianzar mejor las mesas de cambio públicas del año 1497, procedieron a exigir nuevas obligaciones de fiadores hasta cumplir con el montante fijado. D. Carvajal: «El control económico de la villa».
50 David Carvajal de la Vega: «En los precedentes de la banca castellana moderna: cambiadores al Norte del Tajo a inicios del siglo XVI», en Ernesto García Fernández y Juan Antonio Bonachía Hernando (eds.): Hacienda, Mercado y Poder al Norte de la Corona de Castilla en el tránsito del Medievo a la Modernidad, Valladolid, Ed. Castilla, 2015, pp. 17-37.
51 AHPV, Protocolos, leg. 7840, f. 828v. Martín de Cáceres, cazador, deudor, y Antonio de Aranda, sastre, fiador, se obligan a pagar a Sebastián Romero, cambiador, vecino de Medina del Campo, 11.250 mrs. de un préstamo, en el plazo de veinte días.
52 AHPV, Protocolos, leg. 8440, f. 246v. Sancho López, mercero, vecino de Valladolid, como principal pagador, y Pedro Díez de Ceballos, vecino de Medina del Campo, como su fiador, se obligan a pagar a García Cocón, cambiador, vecino de Valladolid, 28.000 mrs. que había prestado al dicho Sancho López, mediada la feria de octubre de Medina del Campo de 1516.
53 AHPV, Protocolos, leg. 7840, f. 912. Alonso de Baeza, mercader, vecino de Baeza, deudor; Gutierre García y Alonso Ortiz, mercaderes, vecinos de Toledo, y Pedro de Baeza, mercader, vecino de Granada, fiadores, se obligan de mancomún a pagar a Diego de Mazuelo, cambiador, mercader, vecino de Burgos, 100.000 mrs. que le prestó, mediada la feria de Cuaresma de Villalón de 1520.
54 AHPV, Protocolos, leg. 7838, ff. 359r-v.
55 AHPV, Protocolos, leg. 8434, ff. 45r-47r (1517). Otra de las bulas cuya administración y venta fue concertada ante notario fue la bula de fábrica de San Pedro, concedida por León X, gestionada por el mercader genovés Tomás de Forneri, estante en la Corte. AHPV, Protocolos, leg. 7840, f. 905r (1519).
56 Sobre un total de 224 cartas de obligación. Fuentes, vid. nota 42.
57 D. Carvajal: «El control económico de la villa».
58 Sobre un total de 207 obligaciones cuya cuantía fiada conocemos. Datos en maravedís. Fuente, vid. nota 42.
59 La disponibilidad e información aportada por determinadas fuentes son algunas de las razones de mayor peso para comprender esta descompensación, puesto que la documentación fiscal otorga una mayor relevancia formal y documental al fiador en comparación con otros ámbitos donde también aparece esta figura (compraventas, finanzas, depósitos, etc.).