Название: El sistema financiero a finales de la Edad Media: instrumentos y métodos
Автор: AAVV
Издательство: Bookwire
Жанр: Документальная литература
isbn: 9788491333173
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TABLA 2
Participación de hombres y mujeres como fiadores y fiados (1500-1520) 62
Las leyes determinaban que los fiadores debían ser omes llanos e abonados en bienes rayses,63 siendo su número variable según el negocio y la necesidad de afianzarlo. Mientras que en los arrendamientos de casas lo normal era contar con uno o dos fiadores, no ocurría lo mismo en el caso de las obligaciones. Por lo general abundan las obligaciones con un solo fiador y un solo fiado, aunque es necesario señalar que muchos fiadores aparecían también como obligados de mancomún en las escrituras, lo que manifiesta cierta falta de concreción a la hora de diferenciar al fiador del obligado de mancomún o, quizá, su equiparación a efectos prácticos. Los datos no evidencian una correlación clara entre el número de fiadores y la cantidad fiada, por lo que suponemos que el hecho de que aparezcan uno o varios fiadores guardaría mayor relación con su capacidad económica y su deseo de fiar en mayor o menor cuantía. Sobre la capacidad de los fiadores, basta observar su perfil socioeconómico para concluir que este hecho fue determinante. Entre los fiadores con oficio conocido, un 65 % responde a mercaderes, mientras que el resto se distribuye entre cambiadores, sastres, maestros, plateros, etc., profesionales que, a priori, podrían disfrutar de una posición económica holgada para conceder su apoyo. En este sentido, la capacidad económica de los mercaderes resultó ser clave a la hora de otorgar fianzas ya que, entre las obligaciones de mayor cuantía con las que trabajamos aparecen varios mercaderes como Alonso Leal, un importante mercader de Medina del Campo capaz de fiar a cambiadores como Sebastián Romero y Diego Díaz por 87.500 mrs. Podemos observar a mercaderes fiando en negocios de todo tipo, como la compraventa de 50 sacas de leña –valoradas en 90.000 mrs.– que debía entregar Antonio García de Valdemuñoz, fiado por el mercader Alonso Clemente, vecino de Villalón; o como la ya citada fianza del florentino Andrea Velluti al corregidor de Segovia, Francisco del Nero, por 333,33 ducados –125.000 mrs.–.64
Entre las fianzas más elevadas concedidas por mercaderes merece la pena destacar aquellas que responden a las otorgadas por los ya citados mercaderes toledanos a sus compañeros y vecinos. Nos referimos a casos como el de Alonso Álvarez, quien fio a varios compañeros hasta 50.000 mrs. con objeto de respaldar las deudas que estos mantenían con acreedores burgaleses; o el de Juan de Acre, quien dispuso hasta 100.000 mrs. en la fianza otorgada a sus compañeros Pedro López y Fernando de Villanueva para hacer frente a otra deuda pendiente con el prior y cónsules de la Universidad de Mercaderes de Burgos.65
Aunque es evidente que la fianza respondía a intereses económicos, no debemos obviar que también nacía como un acto legal de expresión de la confianza depositada en el fiado, por lo que es necesario ampliar el estudio de los vínculos que sustentaron estas operaciones. Nos referimos a relaciones ya mencionadas como la vecindad, la familia o el oficio. El hecho de que dos personas presenten la misma vecindad no supone que haya mayor conexión entre ellas, pero resulta llamativo que en la mayor aparte de los casos los fiadores y los fiados mantuviesen este vínculo. Compartir vecindad podía implicar, entre otras cosas, conocer la situación económica de los involucrados en la fianza y otras cuestiones como su fama y su honra, sus antecedentes en el cumplimiento de otras obligaciones, etc.
Aun así, el vínculo de vecindad no era más que una de las relaciones que facilitaban las fianzas. Muchos fiadores y fiados compartían oficio o actividad económica, lo que manifiesta la utilidad de su apoyo para el desarrollo y la consolidación de las actividades profesionales. La colaboración entre los mercaderes toledanos, como los ya citados Alonso Álvarez y Juan de Acre, a los que podríamos sumar otros nombres como los de Antonio de San Pedro o Rodrigo Sánchez,66 era una estrategia que, posiblemente, les dotó de una importante capacidad de negociación en los mercados y ferias castellanas. Observamos una situación similar entre mercaderes de Medina del Campo como Francisco Rodríguez, fiador del también mercader Antonio de Medina por 40.000 mrs., o el mercero Pedro Díaz, fiador del mercero Pedro de Portillo por un montante alto, 100.000 mrs.67 Lo mismo podríamos decir de la fianza concedida por Alonso de Bedoya al mercader Francisco Caballero, ambos vecinos de Guadalajara, quien debía entregar 50 sacas de lana a los mercaderes burgaleses Juan de Carrión, Diego de Salamanca y Gregorio de Polanco.68
Por último, las relaciones familiares, fundamentales para entender el desarrollo económico y mercantil de la época, también aparecen como una importante base sobre la que se establecieron fianzas.69 Los vínculos familiares –que en numerosas ocasiones aparecen unidos a relaciones de vecindad y de oficio– demuestran que el apoyo y/o la confianza entre familiares eran básicos para desarrollar negocios con un nivel de solvencia aceptable. Por ejemplo, las relaciones entre padres e hijos fueron fundamentales en el acceso de algunos financieros vallisoletanos a una mesa de cambio pública, o para apoyar la compra a crédito de mercaderías, como hizo García Cuadrado al fiar a su hijo, Blas Cuadrado, por valor de 11.000 mrs. No solo las relaciones padre-hijo, claves para que muchos advenedizos diesen sus primeros pasos, fueron representativas de los lazos familiares. Otras fianzas, como la concedida por Juan Chamorro a su yerno Juan Izquierdo por la compraventa de una viña, o la de Juan Requejo a su hermano Pedro Requejo por la compra de 166 carneros valorados en 35.690 mrs., son algunos de los numerosos ejemplos que nos permiten afirmar la, en teoría, beneficiosa relación de confianza entre familiares expresada y establecida a través de la fianza.70
GRÁFICO 3
Relaciones socioeconómicas entre fiadores y obligados (1500-1520) 71
La eficacia de la fianza
Hasta ahora nos hemos referido a la fianza desde el punto de vista legal y económico y al fiador como el sujeto cercano y necesario para afianzar operaciones de todo tipo, sobre todo aquellas vinculadas al crédito. Pero ¿era realmente necesaria la fianza? ¿Fue eficaz a la hora de dotar de seguridad a las operaciones afianzadas en caso de incumplimiento? ¿Respondieron los fiadores por las deudas de sus fiados? El sentido de todas estas preguntas no es otro que comprobar el papel real de la fianza en las relaciones financieras más allá de su mera inclusión en los contratos. La respuesta la podemos encontrar entre los numerosos pleitos por deudas en los que es relativamente fácil seguir la estela del fiador.
En caso de impago de una deuda, la justicia mantuvo un procedimiento más o menos claro, siempre que el acreedor pudiese probar su derecho contra el deudor y el fiador a través de un instrumento público –cartas de obligación, de arrendamiento, СКАЧАТЬ