Название: Universidades, colegios, poderes
Автор: AAVV
Издательство: Bookwire
Жанр: Учебная литература
Серия: CINC SEGLES
isbn: 9788491348160
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Yo, la Reyna.69
Las numerosas transformaciones que se han anticipado con los sucesos presentados a lo largo de esta investigación llegaban a su culmen. La gloria universitaria del Colegio Real había llegado. Un domicilio ilustre, solemne y ostentoso lograba su sueño de poder, saliendo victorioso.70 La paz dentro del gremio universitario no será ya un deseo sino que, manteniendo y perpetuando la contradicción, se logrará en el devenir de los años.
Estamos seguros de que ni Ignacio de Loyola, ni Miguel de Torres, ni Antonio Araoz, ni Francisco de Mendoza, entre otros, llegaron a pensar ni tan siquiera a soñar que podría darse tal situación en Salamanca. No solo lograban salvar las dificultades propias por el voto de estudiantes y las consecuentes problemáticas, enfrentamientos e intrigas, sino que recibían la dotación de dos cátedras, una de vísperas y otra de prima, intento que habían perseguido desde 1627.71
Como se observa en la carta de fundación, estas no fueron las únicas creadas para una orden religiosa. Con anterioridad a los jesuitas tenemos a los dominicos (1605 y 1608) y, tras la Compañía, aparecen la de los benedictinos (1692) y la de los franciscanos (1734),72 sin olvidarnos de la jesuítica de Francisco Suárez.73
El Colegio Real había sustentado lecciones en su general de Teología siguiendo las cláusulas testamentarias de su fundadora.74 Lo venía haciendo ya desde el domicilio primitivo, el problema fue que en la nueva fundación, bien por cercanía o bien por poseer reputación, los jesuitas obtenían mayor audiencia que la Universidad.
Nos encontramos ante una doble solución. Los estudiantes no se alejaban de las cátedras universitarias y la Compañía no tenía que temer nuevamente por problemas a la hora del reparto del general o de las materias. Fueron setenta y cuatro los doctores consultados de los que tan solo nueve votaron en su contra.
El diario interno de la institución jesuítica nos narra cómo comenzaron las lecciones con su nuevo estatus:
[el 27 de abril de 1668,] viernes. Vinieron las cédulas reales en forma para poder tomar la posesión de las cátedras.
29. Domingo por la tarde. Se presentaron en claustro pleno dichas cédulas y se tomó la posesión de dichas cátedras. El padre Lynce tomó la posesión de su cátedra de Vísperas y, por el padre Barbiano, la tomó el padre [Elgeta,] ministro.
30. Lunes. Se comenzaron a leer nuestras cátedras a la misma hora que las demás de la Universidad y en el general señalado por la Universidad y confirmado por el consejo.75
La Universidad aceptó sin dificultad. Se lograban equilibrar ambos poderes, quedando vinculados mutuamente en múltiples beneficios, reflejados en las condiciones establecidas.
Las referidas cátedras debían leerse a las mismas horas que sus correspondientes, tanto de la Universidad como de la orden de los predicadores;76 la competencia debía ser notable, pero se partía de una igualdad de condición por el hecho de leerse a la misma hora y en el corazón universitario, algo –que no debe ser olvidado– tan deseado por los hijos de san Ignacio.
Tampoco quedaron atrás al tener como condición:
[…] que dichas dos cátedras de Prima y Vísperas como cátedras de propiedad, gozen y deban gozar de todos los honores y perrogativas y exenciones que tienen y gozan las cátedras de Prima y Vísperas de la universidad y las de la orden de santo Domingo.77
No sólo dos miembros del Colegio Real serían catedráticos sino que, también, lo parecerían y disfrutarían de honra, incluso, en el salario de «[…] ciento y cinquenta florines altos o baxos, como saliexen por el valor de la Universidad, de que ha de dar testimonio su secretario cada año, poniendo para ello renta competente».78 En una sociedad tan dedicada a la ostentación y necesitada de la apariencia, estamos ante un punto de suma importancia.
A cambio de todo esto, la Universidad se aseguraría:
[…] que se han de graduar los padres prouistos de esta religión de lizenziados por la capilla de Santa Bárbara y de maestros de Teulugía [sic], por esta Universidad, dentro de dos años que dispone el Statuto más nuevo.79
De esta manera, quedaban cerradas las puertas para continuar yendo a realizar este proceso a territorio abulense, en la Universidad de Santo Tomás. Posiblemente se trata de un asunto pretendido, no solo por costes, sino también por visibilizar aún más el enfrentamiento con el gremio.
Estas no fueron las únicas condiciones, pero sí las que contenían mayor enjundia. Incluso el escribano Diego Antonio Nieto Cañete llegó a señalar que debían ser aceptadas las dichas cátedras: «[…] con estas y con todas las demás condiciones de las cátedras de santo Domingo que se han [sic] aquí por expresadas […]».80
La situación de las cátedras de propiedad de la Compañía mejoró notablemente en 1675 con la cédula real de Mariana de Austria, en la que permitía al prepósito general de la Orden y, en su nombre, al asistente de España, así como al provincial de Castilla, señalar quiénes debían ser los que optaban a ocupar dichas dignidades.81
A partir de este momento,
[…] quando se hace la renunciación por jubilación, etcétera, imbía el colegio al padre provincial un testimonio del secretario de la Universidad. Item para el nombramiento que remite el padre provincial al Rey, nuestro señor. Imbía el padre rector al mismo padre provincial un tanto de estos nombramientos, los quales con los otros papeles de las cátedras, se hallan en el archivo de la librería, el segundo de la mano derecha, en el caxon «cáthedras de la Universidad».82
CONCLUSIONES
La presente investigación no debe ser entendida como una totalidad culminada e independiente. Hace referencia a una presentación temática que debe ser situada en un conjunto de publicaciones que aspiran a presentar a la Compañía de Jesús y sus relaciones con la Universidad en su período antiguo, es decir, entre 1548 y 1767.
Hemos reflexionado sobre el vivero de la provincia jesuítica de Castilla; un lugar que, a pesar de ser paso obligatorio para todos aquellos que aspiraban a realizar una carrera intelectual, no poseyó sus vistas exclusivamente entre los hijos de san Ignacio. Abierto a estudiantes universitarios que, sin vinculación jurídica con la Compañía, disfrutaban de la IV parte de las constituciones, favoreciendo que dicha institución gozase de una importancia más que notable en el conjunto del fuero académico.
Ignacio Tellechea señaló que «un jesuita podía ser catequista o profesor universitario, confesor de príncipes o portero». En Salamanca se dieron todos estos carismas con importantes repercusiones sociales. Nosotros hemos profundizado en el académico por múltiples razones, entre la que destaca la vinculación gremial del domicilio desde 1570 hasta la dotación de las cátedras de propiedad casi una centuria después –fechas de inicio y de conclusión de este análisis–.
Por todo esto, aun siendo conscientes de la limitación temporal que estamos presentando, poseemos plena seguridad de que este estudio es imprescindible para poder comprender uno de los numerosos factores que elevaron al mito a la Universidad de Salamanca durante la clásica Edad Moderna.
1. Trabajo realizado en el marco del proyecto PAPIIT IN 401417 «La Corona y las Universidades en el mundo hispánico. Siglos XVI-XVIII» de la Universidad Nacional Autónoma de México; durante una estancia posdoctoral en el GIR «Sociabilidades e Prácticas Religiosas» СКАЧАТЬ