Название: Sexo, violencia y castigo
Автор: Isabel Cristina Jaramillo Sierra
Издательство: Bookwire
Жанр: Социология
Серия: Género
isbn: 9789873620904
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1.2. Feminismo
La visibilidad pública del abuso de niños se debe, en parte, al movimiento de mujeres, aunque algunas de sus conexiones con este movimiento son inesperadas. Por ejemplo, supongo que el término “esposa maltratada” sigue al del “síndrome del niño maltratado” y no al revés. La expresión “niño maltratado” apareció en inglés en 1961 y la introdujeron médicos hombres. La expresión “esposas maltratadas” en cambio es sorpresivamente más reciente, y se piensa que se usó por primera vez en Inglaterra con la creación de un refugio dedicado a proteger a esposas maltratadas. Esto ocurrió en 1970, por Erin Pizzery, autora del poderoso libro Scream Quietly or the Neighbors Will Hear (13). Sin el feminismo no hubiera sido posible que la idea del abuso de niños absorbiera la noción de violencia sexual de niños. Las agresiones en contra de las mujeres y los niños se han asimilado y el fenómeno del abuso de niños se ve ahora como un aspecto más de la dominación patriarcal.
1.3. Derechos
Los derechos de los niños son nuevos. Surgen menos en términos de teoría moral que de precedente judicial y práctica del derecho. ¿Cuál es la relación entre los derechos de los padres, o tal vez los derechos de la familia, y los derechos de los niños? Si el abuso de niños no hubiera adquirido la importancia que tuvo durante la década de 1960, la cuestión de los derechos de los niños hoy sería casi desconocida. Esto lleva a otro tipo de reflexiones. Suponga que en nuestra sociedad los hombres tienden a pensar en resolver los problemas humanos en términos de derechos y obligaciones, mientras que las mujeres lo hacen en términos de necesidades y cuidado. Aquí se puede reconocer una manera en la que un tema que ha sido abanderado por las mujeres, se frena en la arena pública por los hombres y su entusiasmo por los derechos. Los niños no necesitan “derechos” creados para ellos por ingeniosas mentes legales. Necesitan que los cuiden.
1.4. Jurados
Se han presentado obviamente muchas preguntas legales específicas, por ejemplo, sobre los testimonios de los niños. ¿Tienen los acusados el derecho a confrontar los niños que los acusan? El 27 de junio de 1990, la Corte Suprema de los Estados Unidos emitió una decisión (con 5 jueces a favor y 4 en contra) que permitía el testimonio de un menor por televisión por cable. El derecho a la confrontación cara a cara no era “indispensable”. Este tipo de jurisprudencia no debería alejarnos de las realidades cotidianas. Un jurado casi nunca condena cuando considera que las penas son desproporcionadas. La larga historia de los jurados británicos que se negaban a condenar el infanticidio es un clásico ejemplo de esto. Más recientemente en Quebec, aún considerado como un bastión del catolicismo romano, tres jurados absolvieron sucesivamente a médicos por el delito de aborto, aunque no demostraron haber satisfecho el criterio médico de necesidad. Esta decisión de los jurados, en ese momento, estaba manifiestamente en contra de la ley. Los jurados volvieron la ley irrelevante. Aun así, en las condiciones actuales, a pesar de las penas altas, es posible obtener condenas. En Nueva Jersey “tocar mal” a un niño puede llevar a condenas de hasta diez años de cárcel y una multa de 100.000 dólares. Los jurados tienden a condenar cualquier tipo de abuso sexual así no involucren violencia o consumación del acto (14). El caso de Margaret Kelly, quien fue condenada a 47 años de prisión en Maplewood, Nueva Jersey, por abusos sexuales en el Wee Care Day Nursery es impactante. Nunca es posible confiarse del periodismo para evaluar a un jurado, pero en este caso, a primera vista y sin haber tenido acceso a los documentos del juzgado, quedan dudas de que se haya impartido justicia en absoluto (15). Independiente de lo que realmente sucedió en el Wee Care Nursery, podemos estar seguros (y tengo confirmación de esto por parte de alguien que sirvió como jurado en un caso similar en Nueva Jersey hace veinte años) que este tipo de decisiones de los jurados son recientes.
1.5. Causalidad
Al pensar en una conexión más abstracta, la explicación tradicional y más bien positivista de los conceptos es la siguiente: formamos un concepto y escogemos la clase de objetos o eventos que entran dentro de tal concepto. Si nos importa, entonces nos preguntamos por las causas de los eventos y, también, por lo que deberíamos hacer si quisiéramos fortalecerlas o eliminarlas. Primero clasificar y luego encontrar conexiones de causalidad, porque ¿cómo podríamos encontrar conexiones causales si antes no tenemos clases bien definidas? Muchos filósofos dirían que esto es una visión demasiado simplista, pero en ningún caso es más sorprendente su fracaso que en el del abuso de niños. Si se exagera podría decirse que las ideas sobre las causas preceden las ideas sobre aquello de lo que son causas. Las personas tienen visiones distintas sobre las causas del abuso de niños: algunas enfatizan la pobreza, algunas la enfermedad, algunas la violencia endémica y algunas la crueldad patriarcal. Estas visiones sobre las causas y la prevención del abuso de niños han determinado, en una gran medida, los tipos de eventos que se etiquetan como maltrato.
1.6. Múltiples personalidades
No hay un acuerdo sobre las “causas” del abuso de niños, pero hay un consenso sobre algo que el maltrato causa: el trastorno de identidad disociativo (o trastorno de personalidad múltiple). Las múltiples personalidades, que jugaron un papel fascinante en el desarrollo de la psicología francesa y americana entre 1875 y 1926, desaparecieron efectivamente hasta 1970, cuando volvieron a aparecer con ímpetu. Una vigorosa escuela de psicoterapia ahora concluye que el desorden de personalidades múltiples no es raro y que una persona puede tener hasta cien alter distintos. El movimiento del desorden de personalidades múltiples ha viajado en la espalda del abuso de niños gracias a este nuevo conocimiento: el desorden de personalidades múltiples es causado por el abuso de niños, especialmente por el abuso sexual infantil. Hay “una importante asociación etiológica con el trauma infantil, especialmente con el abuso severo en la infancia” (Braun, 1985, p. 136) (16).
1.7. Psicohistoria
Un argumento causal todavía más sorprendente es histórico: La historia de la raza humana es la historia del abuso de niños y sus efectos. Cada generación maltrata a sus niños y de esta forma moldea las mentes de la próxima generación. La única forma de entender la historia del mundo es haciendo la historia de la infancia, que termina siendo la historia del maltrato. Esta es la magnífica tesis de Lloyd deMause (1974) y su escuela.
1.8. El Estado
Para volver sobre un tema histórico menos grandioso, recordamos que los derechos de los niños se han presentado como límites a los tradicionales derechos de los padres o la familia. Pero de pronto esta rivalidad esconde un tipo de confrontación distinto, no la de niños versus padres sino la de las familias versus el Estado. “La policía de las familias” de Jacques Donzelot (1979) es uno de muchos estudios sobre la manera en la que el emergente Estado de bienestar y la red de protección social aumentaron radicalmente el control del Estado sobre las familias en el siglo XIX. Podría argumentarse en este sentido que no ha habido un aumento mayor de la intervención del Estado que la que ha permitido la legislación, las ordenanzas y las agencias relacionadas con el abuso de niños en los últimos treinta años. El cínico diría que la “función” real de esta legislación y de estas agencias no es la protección de los niños, sino el incremento del poder estatal.