Название: Herramientas para controlar los delitos contra la fauna y flora en Colombia
Автор: Leonardo Güiza-Suárez
Издательство: Bookwire
Серия: Jurisprudencia
isbn: 9789587844702
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Esta cita deja ver que las dificultades en la articulación entre instituciones pueden tener que ver no solo con las demoras en los trámites, como señala el funcionario, sino también con falta de claridad sobre los procedimientos por seguir y sobre las entidades competentes a la hora de regular determinados procedimientos.
De acuerdo con los funcionarios entrevistados, otro obstáculo para la articulación entre entidades del Estado consiste en acciones de corrupción al interior de estas3. Si bien dicha idea será desarrollada en la sección 3.1, cabe señalar un ejemplo mencionado por un funcionario entrevistado, quien indicó que en una ocasión se tenía planeado realizar un allanamiento de maderas y que la institución a la que pertenecía no pudo dar aviso a la autoridad ambiental con jurisdicción en el lugar de incautación debido a prácticas de corrupción en esta y a un riesgo de sabotaje de la operación de incautación.
Deben estrecharse los lazos entre las corporaciones autónomas y el Ministerio de Minas y Energía en torno a la deforestación. Varios entrevistados señalaron que hacer seguimiento al caso de la deforestación por minería ilegal de oro es muy difícil por la relativa facilidad y rapidez con la que se lleva a cabo el lavado de activos asociado a la explotación de oro. Por lo tanto, fortalecer los mecanismos de control y vigilancia de la cadena de valor de minerales como el oro facilitaría la ejecución de actividades de investigación judicial en torno a delitos ambientales (y, en particular, a la deforestación).
3. Peritaje ambiental
Después de haber señalado por qué la carencia de capacitación a las comunidades obstaculiza la gobernanza ambiental, en esta sección nos detenemos en los desafíos relativos a la capacitación a los funcionarios públicos.
De acuerdo con varios de los entrevistados, la poca capacitación para realizar peritajes ambientales por parte de miembros de las corporaciones autónomas y de las ramas ejecutiva y judicial son un obstáculo a la hora de investigar y sancionar delitos ambientales. Esta es una dificultad particularmente importante en la medida en que el material probatorio en las investigaciones contra delitos ambientales se recolecta a través de acciones de peritaje ambiental. Por ejemplo, diversos funcionarios señalaron que algunos miembros de las corporaciones autónomas regionales no están entrenados en la identificación de especies. Como desarrollaremos en la sección 4.2., la identificación de especies y su cuantificación son un aspecto clave del control y monitoreo al uso adecuado de los recursos naturales (Moreno, Villota, Gutiérrez, Marín & Zúñiga, 2014).
De acuerdo con varios entrevistados, a lo anterior debe sumarse que algunos funcionarios no saben en muchas ocasiones cómo transportar incautaciones de fauna y flora, dónde y cómo almacenarlos, etc. En el último informe preventivo publicado por la Procuraduría para Asuntos Ambientales y Agrarios (Pulido & Echeverri, 2014) que evalúa el avance de las autoridades ambientales en torno al manejo y posdecomiso de fauna y flora silvestre y acuática (Pulido & Echeverri, 2014), de 32 autoridades ambientales encuestadas solo el 54 % de estas formulan planes de manejo y de conservación de especies de fauna amenazada. Además, en ese entonces se adelantaron 46 planes de manejo de especies de flora amenazadas, aun cuando el total de especies amenazadas era de 670 (Pulido & Echeverri, 2014).
También hay dificultades en cuanto a la tenencia y rehabilitación de la fauna. Aun cuando el 90 % contaba con sitios para el manejo de fauna en cautiverio, entre hogares de paso y Centros de Atención y Valoración (CAV), apenas el 20 % de estas entidades cuenta con centros de rehabilitación adecuados, según la Procuraduría. Además, solo dos Centros de Atención, Valoración y Rehabilitación estaban registrados ante el Ministerio de Ambiente (Pulido & Echeverri, 2014).
Otros entrevistados expresaron que hay dificultades para manejar o entender los elementos materiales probatorios en cadena de custodia por parte de los jueces. Por lo tanto, estos recomendaron que se lleven a cabo medidas encaminadas a una mayor especialización profesional en las investigaciones de delitos ambientales de los funcionarios públicos en general y, en especial, de jueces y miembros de las corporaciones autónomas.
Si bien las capacitaciones a funcionarios públicos han venido aumentando en los últimos años (por ejemplo, a miembros de la policía ambiental), una nueva dificultad es la alta rotación de varios de ellos (en particular, de agentes de policía) al interior de estas entidades, lo cual obstaculiza una continuidad en los programas de control a delitos ambientales, según manifestaron algunos funcionarios entrevistados.
4. Transparencia y ejecución en actividades de monitoreo y control
Una de las funciones centrales de las corporaciones autónomas regionales consiste en realizar el seguimiento y monitoreo a los usos de los recursos naturales renovables (Congreso de Colombia, 1993, Ley 99, art. 31). Para este fin, se han planteado diversas herramientas, tales como el Salvoconducto Único Nacional para la movilización de los especímenes de la diversidad biológica (SUN), el Registro Único de Infractores Ambientales (RUIA), el Portal de Información sobre Fauna Silvestre (PIFS), entre otros. Una falta de ejecución para hacer seguimiento a la cadena de valor, sumada a una poca transparencia en entidades del Estado, han obstaculizado este objetivo. A continuación, nos detenemos en cada una de estas problemáticas.
4.1. Transparencia en la expedición del Salvoconducto Único Nacional
Una de las funciones de las Corporaciones Autónomas Regionales, como autoridades de control ambiental, consiste en el otorgamiento de los permisos ambientales en relación con el uso, aprovechamiento y movilización de los recursos naturales renovables (tales como los permisos de aprovechamiento forestal), así como el monitoreo de la movilización y procesamiento de estos recursos en conjunto con otras corporaciones y entidades territoriales y la fuerza pública (Congreso de Colombia, 1993, Ley 99, art. 31). Con este fin, se creó el Salvoconducto Único Nacional para la movilización de los especímenes de la diversidad biológica (SUN), un documento expedido por las corporaciones autónomas regionales que soporta la legalidad de productos forestales y fáunicos en Colombia y autoriza su movilización (Presidencia de la República de Colombia, 1996, Decreto 1791)4.
Si bien falsificar, adulterar o reutilizar un salvoconducto es ilegal (Presidencia de la República de Colombia, 1996, Decreto 1791), investigaciones han señalado que estos documentos son reutilizados con frecuencia o adulterados con información falsa (Environmental Investigation Agency [EIA], 2019; Semana, 2019a). También se ha documentado que algunas especies cuya comercialización es ilegal se trafican con facilidad cuando se declaran como otras especies en el permiso de transporte (Environmental Investigation Agency [EIA], 2019).
En efecto, investigaciones de la Procuraduría han determinado que hay un subregistro en el Salvoconducto Único Nacional para la movilización de especímenes de la diversidad biológica (SUN). Según EIA (2019), las infracciones más comunes relacionadas con los salvoconductos o permisos de transporte en el caso de Corpoamazonía (en cuya jurisdicción se presenta una de las tasas de deforestación más altas del país) son:
i) La información requerida en el salvoconducto está incompleta (Environmental Investigation Agency [EIA], 2019). Por ejemplo, algunos salvoconductos no incluyen el origen, ruta o destino de las especies transportadas.
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