Название: Seguimos siendo culpables
Автор: Mélanie Ibáñez Domingo
Издательство: Bookwire
Жанр: Документальная литература
Серия: Història i Memòria del Franquisme
isbn: 9788491348252
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nunca la letra de la Ley estuvo más lejos de su espíritu e incluso de sus propias consecuencias prácticas, pues si bien resulta clara que una de sus intencionalidades era la cobertura de una serie de expectativas económicas […] en muchas regiones y comarcas, como ocurriera en la provincia de Córdoba, tales expectativas iban a quedar rápidamente frustradas.
Este autor señala como principal causa el hecho de que el sujeto de su aplicación fuera mayoritariamente una gran masa de trabajadores.82 Para lograr una relación coste-beneficio lucrativa para la dictadura, la represión económica judicial debería haber sido más selectiva atendiendo a criterios puramente económicos. Esto es, afectar únicamente o en mayor medida a sectores de la población con una capacidad económica que permitiese hacer frente a sanciones medias o altas. Sin embargo, la ley afectó especialmente a personas insolventes o con una capacidad económica limitada. Los diferentes estudios provinciales describen un perfil de responsable político humilde y con una capacidad adquisitiva baja, cuando no nula.83
A ello podría añadirse la imposición en muchas ocasiones de multas ejemplarizantes y poco realistas.84 Y, en relación con ello, el conflicto entre, por un lado, el objetivo económico y, por otro, una finalidad legitimadora y ejemplarizante, que requería de una masa «culpable». O también el afán represivo mostrado por la propia legislación y continuado por los encargados de aplicarla. En definitiva, la dificultad de conjugar –incluso la contradicción entre– un afán represivo y legitimador muy ambicioso –lo cual implicó un gran despliegue de medios y de tiempo y una montaña de causas– y la búsqueda de beneficios, que hubiese requerido un castigo más selectivo según posibilidades económicas.
Huelga remitir de nuevo a la reforma de 1942 y sobre todo a su artículo octavo: en el momento se orquestó un mecanismo para solventar un gran número de causas siguiendo un criterio puramente económico, porque no se estaban reportando o no se iban a obtener beneficios suficientemente atractivos –o nada atractivos– como para mantener lo que ya era un problema a nivel político y administrativo. Posiblemente, las ganancias fueron desde luego menos de las esperadas y, por el contrario, se dedicaron más tiempo y recursos de lo previsto.
La segunda vertiente del objetivo económico, la que tenía que ver con el castigo y la descapitalización de aquellos que habían apoyado y defendido públicamente al Estado republicano, fue más efectiva a la hora de cumplir sus pretensiones –siempre y cuando los encausados tuviesen posibilidades económicas–. La ley se erigió así en una potente arma de neutralización y marginación económica con consecuencias claras a nivel personal y familiar que contradecían las benevolencias retóricas de su preámbulo. Los afectados tenían una muy diversa extracción social, si bien, como se ha señalado, algunas investigaciones territoriales apuntan a que en una parte nada desdeñable o incluso en la mayoría de casos se trataba de personas sin un alto poder adquisitivo. Ello se tradujo en que la mayoría de las multas impuestas, y que además se saldaran, fueron de baja cuantía.
En el conjunto de Andalucía las más afectadas fueron las clases trabajadoras campesinas, obreras y del mundo de los oficios. Las multas entre 25 y 3.000 pesetas son las que más proliferaron y por lo general se pagaron.85 Por su parte, en las provincias aragonesas casi la totalidad de las penas pecuniarias (un 95,28 %) recayeron sobre «el pueblo más llano». Las de menor cuantía, aquellas que no superaban las 500 pesetas, fueron las más frecuentes (un 60 % de los casos). Estas «pequeñas» multas fueron además las que más se saldaron, alcanzándose un 64 % de efectividad de la pena impuesta.86
Los números varían a la baja en Lleida: un tercio de las sanciones son de 500 pesetas o menos. Si ampliamos el intervalo hasta las 1.000 pesetas, ya suponen más de la mitad de las sanciones impuestas. Respecto a las pagadas, es destacable que son las multas de elevada cuantía las que en su mayoría se abonaron, dado que solían aparejar una intervención importante de patrimonio. Ello no es óbice para que un porcentaje alto de las cantidades pequeñas fueran satisfechas, lo que contribuyó parcialmente a la descapitalización del mundo rural campesino.
Las multas de 500 o 1.000 pesetas suponían una parte importante del patrimonio. Y, tal como indican los investigadores leridanos, que estas multas sean las de menor cuantía entre las impuestas por los tribunales regionales y que se ajustaran más a la solvencia de los encartados no implica en ningún caso que hacerles frente fuera sencillo.87 Pese a tratarse de cuantías bajas en términos relacionales, eran cantidades onerosas si se comparan con el patrimonio de los multados y el contexto generalizado de miseria; cantidades además que mermaban las economías familiares, normalmente ya afectadas como consecuencia de otras circunstancias relacionadas con la represión, y cumplieron efectivamente un papel de castigo y marginación socioeconómica.
Para ofrecer parámetros comparativos y entender el coste que suponía pagarlas, piénsese en un jornal medio de 10 pesetas diarias, gran parte de lo cual se debía desviar para sobrevivir, dados los altos índices del coste de la vida. Una multa de 100, 200 o 300 pesetas podía suponer la retribución mensual o de medio mes de un jornalero. O bien implicar la totalidad o una gran parte del escaso patrimonio.88 Además, la finalidad represiva de una multa no se circunscribía únicamente a su amortización, sino a su «potencialidad», es decir, a la angustia a la hora de satisfacerla, incluso cuando no se hiciera efectiva, o solo parcialmente. También en las medidas precautorias que podían tomar los jueces instructores sobre sus bienes. Era un castigo además colectivo. Un procesamiento por responsabilidades políticas implicaba la marginación económica del encartado y de sus familiares –fundamentalmente, cónyuge e hijos si los había–. El embargo cautelar, el pago de la multa, en definitiva, las consecuencias, afectaban de manera colectiva a todo el núcleo familiar.89
En otros tantos casos, la precariedad económica imposibilitaba el pago de una posible sanción, por nimia y testimonial que fuese. Sin embargo, la incapacidad para hacer frente a una multa no desvirtuó su función punitiva, ni el papel de la Ley de Responsabilidades Políticas como mecanismo de coerción, marginación, control y anulación. Más allá de lo puramente económico, o asociado a ello, la apertura de un expediente tuvo otros efectos en el ámbito social y en el plano más emocional. Encasillamiento, marginación, intimidación, humillación, miedo, resignación. La mencionada ley cumplió ampliamente su finalidad represiva como mecanismo de castigo, erigiéndose como una potente herramienta de control y amedrentamiento.
Al temor constante a una multa que no se podía pagar, o a la resignación al saberse completamente insolventes, se unían las consecuencias que en la vida diaria podían tener las diligencias practicadas por los jueces.90 Por otro lado, los encausamientos no concluyeron con la absolución, sino con sobreseimientos provisionales, con las implicaciones que esto conllevaba. Como señala Garcia i Fontanet, se trata de
elements repressius i coactius incruents, no tan espectaculars com les penes de presó o les condemnes a mort, però tenien una càrrega de profunditat que perduraria amb els anys. […] La Llei va tenir la virtut d’unir repressió política, coacció econòmica i pressió social.91
Asimismo, como se ha referido en el apartado anterior, el encausamiento tenía lugar en un contexto muy concreto. El grueso de las actuaciones en materia de responsabilidades políticas se extendió desde finales de 1939 hasta el momento de los sobreseimientos masivos, bien entrada la década de los cuarenta. Son los años del hambre y las penurias más extremas. Además, no se daba de forma aislada. Era paralelo –y complementario– a otras modalidades de castigo, potenciándose su capacidad coercitiva. Muchos, posiblemente la mayoría, de los responsables políticos y sus familias enfrentaban al mismo tiempo la depuración en el ámbito laboral, el encarcelamiento y/o la situación СКАЧАТЬ