Название: Didáctica reflexiva sobre los delitos contra la vida y la integridad personal en Colombia
Автор: Omar Huertas Díaz
Издательство: Bookwire
Серия: Académica
isbn: 9789586605434
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INTRODUCCIÓN
Esta es una obra de carácter didáctico, cuyo fin principal es poner a disposición de la comunidad académica y jurídica, de los operadores jurídicos y, en general, de la comunidad educativa en el derecho, una herramienta que facilite el estudio de los tipos penales denominados “contra la vida y la integridad personal” en Colombia. Para tal propósito, este texto se fundamenta en la estructuración de estos tipos en la Ley 599 de 2000 o Código Penal colombiano, sus elementos constitutivos, sus aspectos y dimensiones formales y materiales, así como en los principales debates y desarrollos legales, jurisprudenciales y doctrinales sobre el tema.
De igual manera, se pretende que este texto pueda ser empleado como fuente de consulta para los estudiosos del derecho, sobre el tratamiento tanto genérico −de sus definiciones, aproximaciones básicas y elementos teóricos fundamentales− como especializado −de las particularidades, avances jurisprudenciales y posturas doctrinales− de estos tipos penales, como un aporte significativo a la labor pedagógica, académica y jurídica.
El libro presenta una estructura compuesta por once grandes capítulos que, a su vez, se dividen en subcapítulos. El capítulo inicial, “Generalidades”, da cuenta de las cuestiones básicas, previas y contextuales que es preciso tomar en consideración antes de entrar en el estudio detallado de los tipos penales en mención. De tal manera que en esta parte, y de conformidad con el carácter didáctico y pedagógico de esta obra, se sientan las bases que un estudioso del derecho penal, y más aún, del derecho penal especial, debe tener totalmente claras y que serán de utilidad en tanto en cuanto se dedique al tratamiento de los tipos penales o injustos criminales.
Por eso, en este capítulo se estudian conceptos tales como sujeto activo, sujeto pasivo, ingredientes del tipo (objetivos, subjetivos), objeto (objeto material, objeto jurídico), entre otros. Así mismo, se establecen las definiciones básicas sobre la tipología de los delitos (o cierta taxonomía, dependiendo de diferentes categorías de clasificación), donde dos de los ejemplos claros, según su contenido, serían aquellos (a) de mera conducta; (b) de resultado; (c) instantáneos y (d) permanentes; o según el bien jurídico tutelado: (i) simple o momo ofensivo, (ii) complejos o pluriofensivos; (iii) de lesión y (iv) de peligro.
Es de resaltar que los escenarios propios de la discusión teórica académica o doctrinal respecto de los diferentes elementos que determinan o cualifican una u otra taxonomía, pueden variar entre los múltiples autores, que bien pueden utilizar diversas clasificaciones. No obstante, lo que se busca principalmente con este texto es que sirva de soporte y herramienta didáctica a quien comienza a aproximarse a estos temas. En otras palabras, en este primer capítulo se presenta el conjunto de constructos teóricos necesarios para que el estudiante aborde y se apropie de los elementos y de los recursos definitorios y previos que le permitirán comprender las conductas punibles y sus respectivas sanciones.
El segundo capítulo está especialmente dedicado al tratamiento que el bien jurídicamente tutelado por los referidos delitos tiene en el contexto internacional, esto es, el marco normativo internacional de protección a la vida. En esta parte se traen a colación las bases normativas internacionales que protegen el derecho fundamental a la vida, tales como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (Declaración Americana), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Convención Americana), la Convención sobre los Derechos del Niño, los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales.
Hay que destacar que estos instrumentos internacionales contienen ciertas disposiciones que bien vale la pena examinar en esta fase introductoria. Por ejemplo, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se establece de manera concreta que el fundamental derecho a la vida es una prerrogativa que resulta inherente a la persona humana. Esto es, que es inseparable de esta, como derecho que no puede ser violado ni limitado en forma alguna que sea injusta e ilegal. Es más, la misma normativa internacional deja claro que esta prerrogativa debe estar protegida por la ley, lo cual, en rigor, significa que los Estados que firmaron tal Pacto están obligados en virtud de su adopción en sus ordenamientos jurídicos internos, para que se establezcan, determinen y expidan mecanismos legales que busquen y logren realmente tal protección. Esto es, impone una obligación de hacer a los Estados. Además, el Pacto indica que nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente o de manera injusta.
En este Pacto se evidencia la enorme importancia que tiene la vida como derecho fundamental, bien jurídico de mayor valor y, consecuentemente, de mayor tutela. En tal sentido, se puede apreciar cómo se materializa esta importancia en los diversos instrumentos jurídicos internacionales que los Estados, en aplicación directa de sus principios y en ejercicio pleno de sus derechos como sujetos de derecho internacional público y, principalmente, del principio de voluntariedad de los Estados, han acordado promulgar.
Así, vale la pena señalar que, como resultado de tales instrumentos, los Estados −como el colombiano− se han obligado a acatar las normas internacionales sobre protección de la vida y, lógicamente, a adaptar su normativa interna a tales mandatos. Esto es posible gracias a un constructo jurídico de valor imprescindible para el estudio de estos temas que atañen al fenómeno internacional en materias como las que en este texto se exponen. De lo que se está hablando aquí es, pues, del llamado “bloque de constitucionalidad”, figura por medio de la cual los convenios y tratados internacionales firmados por el Estado colombiano gozan del mismo rango que el texto constitucional, es decir, son literalmente “norma de normas”, para todos los efectos dentro del ordenamiento jurídico colombiano.
En el tercer capítulo se expone la taxonomía y su fundamentación sobre las etapas de la vida y su protección legal en Colombia: (i) la vida autónoma dependiente, (ii) la vida dependiente y (iii) vida independiente. Se ha acogido tal clasificación, división o taxonomía de las etapas de la vida para explicar de qué manera la legislación penal colombiana, con el ánimo de proteger estas etapas, contempla los diferentes delitos que pueden atentar contra cada una de estas.
Ahora bien, los siguientes capítulos se dedican a analizar detenidamente cada uno de los tipos penales dentro de las fases mencionadas. En el capítulo cuarto, por ejemplo, se analizan los siguientes injustos penales que buscan proteger la vida autónoma dependiente: manipulación genética, repetibilidad del ser humano y la fecundación y tráfico de embriones humanos.
En relación con este tema, hoy existe la imperiosa necesidad, en el contexto del avance científico, tecnológico y técnico-biológico, de estudiar este tipo de delitos que suponen un gran debate en el campo no solo jurídico sino, además y fundamentalmente, en los ámbitos de la bioética, la política y hasta de la cosmovisión de diversos grupos poblacionales. De hecho, en la actualidad las diferentes discusiones y los avances teóricos en materia de bioética se enfrentan a algunos problemas fundamentales relacionados con estos delitos. Por ejemplo, en primer término, la posibilidad o no de emplear información del genoma humano como material eventual o hipotéticamente modificable en la búsqueda de un avance científico; en segundo lugar, la relación entre la medicina y el derecho como pilares de los avances en estos campos en los tratamientos en salud, pero sin pasar por alto sus posibles consecuencias bioéticas en cuanto a la responsabilidad que acarrean estos experimentos; y, en tercer lugar, la forma como el derecho penal responde a tales asuntos o, por lo menos, intenta dar respuesta limitando ciertas prácticas en tales campos. Es así como surge, por ejemplo, el tipo penal de repetibilidad de ser humano o manipulación genética.
En esta relación medicina-derecho-avances científicos observamos que uno de los artículos del Código Penal colombiano establece sanción consistente en pena privativa de la libertad, que oscila entre los dieciséis (16) a noventa (90) meses para aquel que “manipule genes humanos alterando el genotipo con finalidad diferente al tratamiento, el diagnóstico, o la investigación científica” (artículo 132 de la Ley 599 de 2000). Adicionalmente, indica СКАЧАТЬ