Название: Historia del pensamiento político del siglo XIX
Автор: Gregory Claeys
Издательство: Bookwire
Жанр: Социология
Серия: Universitaria
isbn: 9788446050605
isbn:
Afortunadamente para Hegel, ha habido especialistas capaces de rectificar el daño que se hizo a sí mismo. Retrospectivamente han redescubierto el auténtico espíritu reformista que late tras la política hegeliana gracias a la obra pionera de Franz Rosenzweig, Hegel und der Staat (1920), y a la labor realizada por Eric Weil, Jacques DʼHondt, Shlomo Avineri y Joachim Ritter en la década de 1950 (cfr. Avineri, 1972; D’Hondt, 1968a, 1968b; Ritter, 1965; Rosenzweig, 1920 y Weil, 1950). La lectura reaccionaria está desacreditada hace mucho tiempo porque no explica los siguientes hechos básicos. 1) Los contactos de Hegel en Prusia no eran los círculos reaccionarios de la corte, sino los miembros de la administración reformista como Stein, Hardenberg y Altenstein, quien llamó a Hegel a Prusia porque le gustaban sus puntos de vista reformistas. 2) En vez de unirse a reaccionarios como Karl von Haller y Friedrich Savigny, Hegel los critica duramente en su correspondencia y en la Filosofía del derecho. 3) Por su parte, los círculos reaccionarios formados en torno al Conde von Wittgenstein acosaban y espiaban a Hegel y sus pupilos. 4) En vez de glorificar el statu quo, la mayoría de los aspectos del Estado ideal de Hegel distaban mucho de la realidad prusiana en 1820. Ninguna de las exigencias planteadas por Hegel –monarquía constitucional, una asamblea electa, autogobierno local y un funcionariado civil capaz– gustaba a los reaccionarios prusianos en 1819.
En ciertos aspectos esenciales, la filosofía política del Hegel maduro fue un modelo para el Movimiento de Reforma Prusiano, que inició su andadura en 1806 bajo la dirección de Hardenberg y Stein. El propósito de estas reformas era hacer realidad, por medio de cambios graduales dirigidos desde arriba, los ideales fundamentales de la Revolución: una constitución que garantizara derechos básicos para todos, libertad de comercio y la abolición de los privilegios feudales. Resulta muy sorprendente que en la Filosofía del derecho adopte Hegel y defienda, punto por punto, los objetivos del programa de reforma. Al igual que Stein y Hardenberg, Hegel defiende una constitución escrita que garantice las libertades básicas, una burocracia poderosa, más gobierno local, un parlamento estamental y bicameral, mayor igualdad y oportunidades y más libertad de comercio[16]. Resulta tentador concluir que la Filosofía del derecho de Hegel fue la filosofía del Movimiento de Reforma Prusiano. No debemos olvidar, sin embargo, que Hegel desarrolló su reformismo, así como los pilares de su filosofía de madurez, antes de la formación de este movimiento.
VIDA ÉTICA Y LA CRÍTICA AL LIBERALISMO
Se suele retratar a Hegel como a un crítico del liberalismo y defensor del comunitarismo. Hay historiadores que consideran que su filosofía política es la mejor alternativa conceptual a la tradición liberal y explican su importancia histórica exactamente en estos términos[17].
Pero esta imagen tan extendida de Hegel distorsiona su postura histórica real. Adjudicarle ese papel induce a error, en parte porque encaja mejor con algunos de sus predecesores y contemporáneos, como, por ejemplo, Justus Möser, A. W. Rehberg o Friedrich Schlegel (algo posterior). Muchas de las críticas de Hegel al liberalismo y muchas de las cuestiones comunitarias que plantea formaban parte del legado común de su generación. Aunque en aras de la comodidad consideremos a Hegel el máximo representante de su tradición, no deberíamos sacar la conclusión de que estas ideas son originaria y característicamente suyas y sólo suyas.
Lo que ya es peor es que este retrato de Hegel falsea sus intenciones, pues Hegel nunca rechazó la tradición liberal debido a su comunitarismo. Al contrario que otros conservadores críticos con el liberalismo, como Möser y Haller, Hegel siguió defendiendo valores liberales básicos como la libertad de conciencia, la igualdad de oportunidades y el derecho al disenso. Otros conservadores negaban los valores del liberalismo debido a su idea de comunidad, pero Hegel insistía en que había que preservarlos en el seno de la comunidad.
Conviene recordar, sin embargo, que ni siquiera en este aspecto el programa de Hegel era muy nuevo, pues la primera generación de románticos, a la que Hegel había pertenecido en tiempos, quería sintetizar los ideales liberales y los comunitarios (Beiser, 1992, pp. 222-239). Lo que es único en Hegel es su esfuerzo sostenido de repensar el programa romántico y, más concretamente, su intento de reunificar al individuo y al Estado moderno sobre la base de la razón. Al contrario que los románticos, Hegel no creía que «fe y amor» constituyeran un vínculo lo suficientemente fuerte como para casar al Estado con un individuo moderno que pensaba por sí mismo y lo ponía todo en cuestión: había que darle razones para que obedeciera a las leyes. Resulta significativo que, incluso cuando era joven, Hegel rechazara el programa romántico por considerarlo una nueva mitología que pretendía acercar el individuo al Estado con ayuda del sentimiento y de la imaginación[18].
Si queremos hacer justicia a las intenciones de Hegel, debemos analizar cómo intenta unir las libertades personales del liberalismo con los ideales colectivos del comunitarismo. Pero sólo podemos hacerlo averiguando primero qué acepta y rechaza Hegel del legado liberal.
La principal fuente de la lealtad manifestada por Hegel hacia el liberalismo es un principio fundamental, que Hegel denomina el derecho a la subjetividad, según el cual un individuo sólo debería aceptar las creencias u órdenes con las que está de acuerdo según su propia conciencia o razón[19]. «El derecho a no reconocer nada que yo no perciba como racional», escribe Hegel en Filosofía del derecho, «es el derecho supremo del sujeto» (PR §132). Hegel afirma que este principio es central y característico del Estado moderno. La mayor debilidad de la antigua polis era que no lo reconocía (§§124R, 185R, 124R). En su opinión, la tarea del Estado moderno era integrar a la subjetividad en las demandas de la comunidad.
Hegel apelaba a este principio de subjetividad para justificar el mantenimiento de algunos valores liberales clásicos: 1) que al individuo únicamente lo vinculaban las leyes o políticas que consentía (§§4, 258R); 2) que el individuo debía ostentar el derecho a participar en el gobierno, o, al menos, a que sus intereses estuvieran representados en él (VD I, p. 577/238); 3) que debía gozar de libertad moral, intelectual y religiosa, del derecho de expresar su opinión y de emplear su conciencia (PR §§270R, 316, 317A, 319); y 4) que el individuo debía tener derecho a perseguir sus intereses en el seno de la economía de mercado y gozar de la libertad de elección característica de la sociedad civil (§§185R, 187).
Aunque Hegel suscribió con entusiasmo el principio de subjetividad y apeló a él para justificar estos valores liberales básicos, siguió considerándolo unilateral. El problema era que se trataba de un principio puramente «formal» porque admitía cualquier contenido: cualquier ley o creencia podían satisfacer al individuo (§§136-138, 140). El principio no nos dice qué leyes o creencias aceptar, sólo que, sean cuales fueren, deben estar en consonancia con nuestra razón o conciencia. Según Hegel, sabemos que una decisión es correcta o equivocada ateniéndonos a su contenido, a lo que se decide y a qué se cree (§137).
En opinión de Hegel, es precisamente la debilidad del principio de subjetividad lo que hace necesario trascender el liberalismo. Había que superar la unilateralidad del principio complementándolo con el ideal comunitario. Se podía dotar a nuestra razón de contenido, para erigirla en norma objetiva de nuestra conciencia, pero sólo si formaba parte del ethos de la comunidad (§§146, 148). Determinar qué cabe hacer y qué no en el seno de la comunidad parecía sencillo. Según Hegel, sólo había que saber qué lugar se ocupaba y qué deberes se tenían. El individuo solamente debía determinar «lo que está prescrito, lo que consta expresamente y se conoce de la situación» (§§150R, 153R). Cuando el individuo permite que la comunidad decida lo que debe hacer, cuando admite que esta fije el contenido de sus principios, acaba siendo uno/a con la comunidad. Esta síntesis de autonomía individual y comunidad es el ideal hegeliano de la «vida ética» o Sittlichkeit.
Una de las críticas vertidas СКАЧАТЬ