Название: Emergencias
Автор: Enrique Alejandro Contelles Díaz
Издательство: Bookwire
Жанр: Математика
Серия: Marcombo formación
isbn: 9788426721969
isbn:
Actividades con reglamentación sectorial específica3: en este tipo de actividades la Norma tendrá un carácter supletorio, es decir, esta Norma podrá aplicarse como complemento a la reglamentación específica por la que se rijan pero siempre teniendo en cuenta que será esta la que prime frente a la presente NBA.
Actividades industriales, de almacenamiento y de investigación4:
Establecimientos en los que intervienen sustancias peligrosas:
a.1) Aquellos en los que están presentes sustancias peligrosas en cantidades iguales o superiores a las especificadas en la columna 2 de las partes 1 y 2 del anexo 1 del Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, y el Real Decreto 948/2005 de 29 de julio, que lo modifica por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas.
Aquí se ofrece un pequeño extracto del RD 1254/1999 para poder realizar el seguimiento del tipo de sustancias peligrosas referenciadas en el párrafo anterior, no obstante, caso de ser necesaria su aplicación el alumno deberá consultar el RD en su totalidad.
Parte 1
Relación de sustancias
En caso de que una sustancia o grupo de sustancias enumeradas en esta parte corresponda también a una categoría de la parte 2, deberán tenerse en cuenta las cantidades umbral indicadas en esta parte 1.
Columna 1 - Sustancias peligrosas | Columna 2 - Cantidad umbral (toneladas) |
Nitrato de amonio (ver nota 1) | 350 |
Nitrato de amonio (ver nota 2) | 1.250 |
Pentóxido de arsénico, ácido arsénico (V) y/o sus sales | 1 |
Bromo | 20 |
Cloro | 10 |
Etilenimina | 10 |
Columna 1 - Sustancias peligrosas | Columna 2 - Cantidad umbral (toneladas) |
Flúor | 10 |
Formaldehído (concentración ≥ 90 por 100) | 5 |
Hidrógeno | 5 |
Ácido clorhídrico (gas licuado) | 25 |
Alquilos de plomo | 5 |
Gases licuados extremadamente inflamables (incluidos GLP) y gas natural | 50 |
Acetileno | 5 |
Óxido de etileno | 5 |
Óxido de propileno | 5 |
Metanol | 500 |
Oxígeno | 200 |
Diisocianato de tolueno | 10 |
Dicloruro de carbonilo (fosgeno) | 0,3 |
Trihidruro de arsénico (arsina) | 0,2 |
Trihidruro de fósforo (fosfina) | 0,2 |
Dicloruro de azufre | 1 |
Trióxido de azufre | 15 |
4-Aminodifenilo y/o sus sales, Bencidina y/o sus sales, Éter bis (clorometílico), Clorometil metil éter, Cloruro de dimetil carbamoilo, Dimetilnitrosamina, Triamida hexametilfosfórica, 2-Naftilamina y/o sus sales y 4-nitrodifenil, 1,3-Propanosulfona | 0,001 |
Gasolina de automoción y otras fracciones ligeras | 5.000 |
Notas:
1. Nitrato de amonio (350/2.500):
Se refiere al nitrato de amonio y a las mezclas de nitrato de amonio cuyo contenido de nitrógeno debido al nitrato de amonio supere el 28 por 100 en peso (distintas de las mencionadas en la nota 2) y a las soluciones acuosas de nitrato de amonio cuya concentración de nitrato de amonio supera el 90 por 100 en peso.
2. Nitrato de amonio (1.250/5.000).
Se aplica a los abonos simples a base de nitrato de amonio conformes a la Directiva 80/876/CEE y a los abonos compuestos cuyo contenido de nitrógeno debido al nitrato de amonio supere el 28 por 100 en peso (un abono compuesto contiene nitrato de amonio con fosfato y/o potasa).
Parte 2
Categorías de sustancias y preparados no denominados específicamente en la parte 1
Columna 1 - Sustancias peligrosas | Columna 2 - Cantidad umbral (toneladas) | |
1. | Muy tóxica | 5 |
2. | Tóxica | 50 |
3. | Comburente | 50 |
4. | Explosiva [cuando la sustancia o el preparado coincidan con la definición del párrafo a) de la nota 2] | 50 |
5. | Explosiva [cuando la sustancia o el preparado coincidan con la definición del párrafo b) de la nota 2] | 10 |
6. | Inflamable [cuando la sustancia o el preparado coincidan con la definición del párrafo a) de la nota 3] | 5.000 |
7.a |
Muy inflamable
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