Los bárbaros jurídicos. Daniel Bonilla Maldonado
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СКАЧАТЬ tradición de investigación comparativa. También ha generado una genealogía curiosamente diferente en las ciencias sociales y en la investigación jurídica”. Launay, “Montesquieu: The Specter”, 22-23: “Emile Durkheim, en su disertación en latín de 1893 sobre la contribución de Montesquieu al surgimiento de las ciencias sociales, afirmó que ‘fue él quien, en El espíritu de las leyes, estableció los principios de la nueva ciencia [la sociología]’. Este punto de vista, que Montesquieu no fue simplemente un precursor, sino literalmente el fundador de la sociología moderna, ha sido repetido una y otra vez, especialmente por Louis Althusser, Raymond Aron y E. E. Evans-Pritchard. Los aspectos sociológicos del libro son enumerados sistemáticamente por Evans-Pritchard: ‘[...] la insistencia en el estudio científico y comparativo de la sociedad, el uso de datos de tantas sociedades como sea posible; la inclusión de sociedades primitivas como ejemplos de ciertos tipos de sistemas sociales; la necesidad de comenzar con una clasificación o taxonomía de las sociedades que esté basada en criterios significativos [.] la idea de interconsistencia entre hechos sociales (sistemas sociales), [la idea de] que cualquier hecho social solo puede entenderse por referencia a otros hechos sociales y otras condiciones ambientales, como parte de un todo complejo; y la idea de que esta interconsistencia es de tipo funcional’”. David y Brierley, Major Legal Systems, 4: “Siguiendo a Montesquieu (1689-1755), a quien se ha llamado (no sin exagerar) el padre del derecho comparado, se puso de moda en el siglo XIX, a la luz de la teoría darwiniana y las ideas del progreso comunes en esa época, trazar vastos cuadros históricofilosóficos de la evolución del derecho”. David S. Clark, “History of Comparative Law and Society”, en Comparative Law and Society, editado por David S. Clark (Cheltenham: Edward Elgar Publishing, 2012), 12: “Además de la contribución de Montesquieu al derecho comparado, los académicos sociolegales también lo ven a menudo como el padre de su disciplina”. Suzanne Corcoran, “Comparative Corporate Law Research Methodology”. Canberra Law Review 3, (1996): 54: “Montesquieu es generalmente considerado como el padre del derecho comparado”. William Twinning, “Globalisation and Legal Scholarship”, (documento utilizado en la Montesquieu Lecture, 2009), 59: “Montesquieu, precursor de la sociología del derecho y del relativismo cultural [...]”. Brian C. J. Singer, Montesquieu and the Discovery of the Social (Londres: Palgrave Macmillan, 2013), XV: “En el intento por comprender el descubrimiento de lo social, este trabajo se centra en De l’Espnt des lois de Montesquieu. No soy el primero en afirmar que Montesquieu es el primer sociólogo, científico social o teórico social. Hay una larga lista de autores, en su mayoría franceses, que han hecho esta afirmación, incluidas figuras tan dispares como Émile Durkheim, Louis Althusser y Raymond Aron”. Balázs Fekete, “The Unknown Montesquieu. An Essay on Montesquieu’s Intellectual Background”. Iustum Aequum Salutare 1, (2009): 151-159, 152: “Por último, debe mencionarse que el derecho comparado también reconoce a Montesquieu como uno de sus predecesores más importantes. Aunque Montesquieu no creó una teoría comparativa coherente, hizo un uso revolucionario del método comparativo. En El espíritu de las leyes examinó leyes y materiales jurídicos extranjeros, no como simples ilustraciones, sino como una fuente de experiencia legislativa que inspiró la ciencia jurídica al proporcionar una perspectiva más integral. Además, aplicó el método comparativo para justificar las reformas legislativas”. Melvin Richter, The Political Theory of Montesquieu (Cambridge: Cambridge University Press, 1977), 4-5: “Sin embargo, Montesquieu pudo superar esos defectos tan grandes y persistentes, y gran parte de su trabajo logró tener un valor permanente. Porque los superó. Si se necesita prueba, es mejor buscarla en la cantidad de innovaciones significativas con las que ha sido acreditado por autoridades cuyos juicios tienen un peso inusual. Comte y Durkheim declararon a Montesquieu el precursor más importante de la sociología. Ernst Cassirer y Franz Neumann afirman que fue el inventor del estilo de análisis de los tipos ideales que culminó en Max Weber [un método que ha sido central en el derecho comparado]. Sir Frederick Pollock pensó que Montesquieu era el ‘padre de la investigación histórica moderna’ y de una teoría comparativa de la política y el derecho basada en amplias observaciones de los sistemas existentes. Ha sido llamado el primer practicante moderno del derecho comparado y el fundador de la sociología del derecho”. Alan D. J. Macfarlane, Montesquieu and the Making of the Modern World (South Carolina: Create Space Independent Publishing Platform, 2013), 13, 16: “Montesquieu quería comprender toda la historia del mundo y todo el mundo de su tiempo. El Espíritu de las leyes ‘tiene como objeto de estudio las leyes, costumbres y usos diversos de todos los pueblos’. Para hacer esto, desarrolló una serie de métodos que sentaron las bases de las ciencias sociales e históricas. Uno de ellas fue su método comparativo, que tenía como objetivo comparar no solo las diferentes partes de Europa, sino también Europa con las sociedades islámicas de Medio Oriente e incluso Europa con China y Japón [...] Durkheim creía que el uso implícito que Montesquieu le dio al método comparativo es un rasgo central de su obra. Richter sugiere que Montesquieu era algo más explícitamente consciente de lo que estaba haciendo, y lo cita para sugerir que ‘La comparación, la capacidad más valiosa de la mente humana, es particularmente útil cuando se aplica a las colectividades humanas’. Por lo tanto, cree que Montesquieu ‘hizo de la comparación el problema central de la sociología política y, por lo tanto, alejó las formas de investigación de Europa y las dirigió hacia todas las sociedades conocidas aunque de manera imperfecta, por el hombre’”.

      50Montesquieu, El espíritu de las leyes, 399-400.

      51Ibídem, 399.

      52Ibídem, 399-400 y 403-404.

      53Véase, por ejemplo: ibídem, 336-337.

      54Véase, por ejemplo: ibídem, 14-16.

      55Véase, por ejemplo: ibídem, 18-19.

      56Zweigert y Kötz, An Introduction to Comparative Law, 48-62.

      57Walther Hug, “The History of Comparative Law”. Harvard Law Review Association 45, n.° 6 (1932): 1027-1029.

      58Pocas personas conocen, aun siendo comparativistas, los siguientes textos: John Henry Wigmore, Panorama of the World’s Legal Systems (Eagan: West Publishing Company, 1920); William Burge, Commentaries on Colonial and Foreign Laws Generally and in their Conflict with Each Other and with the Law in England (Londres: Saunders and Benning, Law Book Sellers, 1838); Leone Levi, Commercial Law, its Principles and Administration or the Mercantile Law of Great Britain Compared with the Codes and Laws of Commerce of the Following Mercantile Countries (Londres: W. Benning & Co., Simpkin, Marshall & Co., P. Richardson, and F. Elsworth, 1852); o Maine, Ancient Law.

      59Véase: René David y Camille Jauffret-Spinosi, Los grandes sistemas jurídicos contemporáneos (Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, 2010), 1-20.

      60Véanse: Hug, “The History of Comparative Law”, 1027-1070; y Zweigert y Kötz, An Introduction to Comparative Law, 48-62.

      61Las obras más importantes de Maine son las siguientes: Maine, Ancient Law; Henry Sumner Maine, Village-Communities in the East and West (Nueva York: Henry Holt and Company, 1876); y Henry Sumner Maine, Dissertations on Early Law and Custom (Londres: John Murray, 1883). Henry Maine es ampliamente considerado como uno de los fundadores del derecho comparado moderno. Jerome Hall, “Comparative Law and Jurisprudence”. Buffalo Law Review 16, n.° 1 (1966): 61: “[L]a sociología del derecho tuvo su origen en la ‘ciencia política maestra’ de Platón, pero Comte acuñó la ‘sociología’, y la sociología de derecho moderna generalmente se dice que proviene del trabajo de Montesquieu, Feuerbach o Henry Maine. [...] Las obras más importantes de Maine son las siguientes: Maine, Ancient Law; Henry Sumner Maine, Village-Communities in the East and West (Nueva York: Henry Holt and Company, 1876); y Henry Sumner Maine, Dissertations on Early Law and Custom (Londres: John Murray, 1883). Henry Maine es ampliamente СКАЧАТЬ