El reto de la construcción histórica del conflicto en Colombia. Gerardo Barbosa Castillo
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СКАЧАТЬ su concepto, el empleo de los métodos del derecho y la investigación judicial lleva a la aparición de dificultades en la construcción del conocimiento histórico, tales como la disolución de las nociones de “prueba” y “verdad”. Esas dos nociones son dimensiones constitutivas del oficio del historiador, quien tiene “derecho a distinguir un problema allí donde un juez decida un ‘no ha lugar’” (Ginzburg, 1993, p. 23). Además, resalta el entendimiento del contexto que para la justicia puede contener una serie de elementos atenuantes –o agravantes–, los cuales intervienen modificando una determinada situación, mientras que para la historia el contexto se entiende como “un lugar de posibilidades históricamente determinadas sirve para colmar lo que los documentos no dicen, son conjetura, no hechos comprobados” (Ginzburg, 1993).

      En suma, para Ginzburg el historiador y el juez comparten la búsqueda de la verdad, pero su naturaleza es absolutamente diferente. La verdad judicial busca que se asuman responsabilidades y se adelanten procesos de justicia, mientras que la verdad histórica es reflexiva y se orienta a comprender. Por tanto, no deben confundirse en procesos de construcción de verdad y memoria histórica: “El que intenta reducir al historiador a juez, simplifica y empobrece el conocimiento historiográfico; pero el que intenta reducir al juez a historiador contamina irremediablemente el ejercicio de la justicia” (Ginzburg, 1993, p. 122).

      Pabón y Ugarriza también reflexionan respecto a esta relación. En su apreciación, “la verdad judicial, por su parte, es una emanación del poder político. Quienes gobiernan hacen leyes que derivan en un sistema judicial, y los jueces establecen responsabilidades basadas en ese sistema. Por eso, en el caso de las postguerras y postconflictos armados, el vencedor nunca es culpable: solo el vencido” (Pabón & Ugarriza, 2017, p. 8). Sin embargo, también le atribuyen un carácter de mutabilidad a esta verdad, al afirmar que cuando cambia la naturaleza del vínculo social, también lo hacen las verdades judiciales. A su vez, previenen sobre la creación de verdades no judiciales en la medida en que estas pueden estar sujetas a un riesgo, “creer que un único ejercicio de verdad no judicial equivale a la verdad definitiva” (Pabón & Ugarriza, 2017, p. 9).

      Daniel García-Peña asegura que “esclarecer la verdad implica establecer y reconocer responsabilidades, lo cual conlleva a la condena social y el escarnio público; en otras palabras, la verdad como una forma de venganza legítima. Así mismo, la verdad es lo que permite que el perdón sea reparador y no encubridor” (García-Peña, 2017, p. 151). Otro carácter que el autor le atribuye a la verdad es el de “instrumento de castigo que propicia una sana elaboración y procesamiento de la venganza, una contribución esencial para la reconciliación. La verdad duele, pero cura” (García-Peña, 2017, p. 157).

      En esta posición, la idea de esclarecimiento histórico de la verdad se liga con la de la elaboración de una historia de ámbito más amplio: “Solo el esclarecimiento de la verdad puede brindar los elementos requeridos para construir conjuntamente un nuevo entender de quiénes somos y de dónde venimos como nación” (García-Peña, 2017, p. 165).

       IV. PARTICULARIDADES DE LA CONSTRUCCIÓN DE MEMORIA HISTÓRICA PARA EL CASO DEL CONFLICTO COLOMBIANO

      Al tener en cuenta un escenario como el colombiano, en donde la vía armada ha dejado de ser el principal mecanismo de oposición, al menos por parte del principal actor de ese actuar, dándole paso a la posibilidad de un nuevo escenario de participación política, surgen respecto de la construcción de la memoria histórica y la verdad del conflicto ciertas posibilidades y dificultades.

      Según Andrés Cancimance, una dificultad evidente en los procesos de reconstrucción de memoria que son agenciados por el Estado o por la sociedad civil es “la restricción y supresión de los relatos de las víctimas, versus la generación de memorias y relatos de los perpetradores” (Cancimance, 2013, p. 21). Para él, el deber ético y político del Estado y la sociedad frente a las víctimas puede ser convertido en una “plataforma para re-victimizar e incumplir los compromisos de justicia, reparación y garantías de no repetición” (Cancimance, 2013, p. 22). En esta vía, es importante señalar que “en contextos de guerra, también se instaura un deber de memoria, solo que éste se configura como demanda explícita de grupos, organizaciones y colectivos específicos (jóvenes, mujeres, indígenas), bajo el argumento de que la verdad no posee plazos y que no sería política y éticamente correcto esperar a una transición o a pactos para hacer memoria” (Cancimance, 2013, p. 23). Esta dinámica se puede apreciar en denuncias, relatos, la consolidación de organizaciones de víctimas y la creación de recursos del recuerdo (galerías, monumentos, teatro).

      El autor sitúa el debate de la memoria como un escenario más donde se asienta el conflicto, “la memoria se convierte en un campo de juego, donde diversos agentes e instituciones buscan dominar o subvertir la representación de ciertos pasados, legitimar su posición y condición de narración” (Cancimance, 2013, p. 33).

      Uno de tantos ejemplos de esta dinámica en el pasado de Colombia se encuentra en 1862. Al término de la guerra civil se expidieron una serie de decretos con el objeto de restaurar la vida pacífica:

      […] Decreto del 13 de noviembre de 1862

      Art. 6.º. Se concede el indulto a todos los guerrilleros que en los Estados de Boyacá, Cundinamarca y Tolima se hayan sometido al Gobierno Nacional […]21.

      […] Decreto del 26 de noviembre de 1862

      Art. 1.º. Se concede amnistía completa por todos los hechos que, en los Estados de Bolívar, Cundinamarca, Magdalena y Panamá, aparejen alguna responsabilidad política contra cualquiera de sus habitantes […]22.

      Para establecer una situación armónica y de paz era necesario superar los hechos de la guerra rápidamente. Pero puede llevar a un efecto negativo en el cuestionamiento de los hechos y las prácticas sociales presentes en tiempos de guerra.

      […] 2.º. Que en las guerras civiles no hay delitos, sino errores funestos de parte de los extraviados que defienden, como ha sucedido en la República, la causa contraria a la libertad […] las consecuencias de esos errores, por lamentables que sean, no deben dejar en el país una huella eterna de rencores y venganzas que lo lleven a la barbarie23.

      Para el bando que se alzó con la victoria, la única posibilidad de superar la violencia conflictiva pasada era mediante el olvido.

      3.º. […] conviene expedir una amnistía que, relegando al olvido todo lo pasado, ofrezca a los pueblos el bien inestimable de la paz […]24.

      Una dinámica como la señalada al final de aquella guerra civil cobra especial relevancia en el momento actual del conflicto interno en Colombia, particularmente el campo de la construcción de la verdad y la historia de él, pues sólo la afirmación retrospectiva que constantemente realiza la sociedad puede generar valores y nociones de convivencia que se diferencien de las históricamente dominantes. En consecuencia, para Cancimance se debe hacer uso de la elaboración del pasado en su condición de marco colectivo que permita la cohesión social y la reparación del tejido social en contextos de transición luego de épocas de violencia y guerra.

      El académico británico Malcolm Deas llama la atención sobre la interpretación de la causalidad histórica asignada al conflicto colombiano, haciendo especial énfasis en la consideración de “mirar a Colombia como un país que desde su independencia ha tenido un pasado particularmente violento, de guerras civiles incesantes en el siglo XIX y, después, de lucha política violenta continua” (Deas, 2015), argumento defendido por el Acuerdo de Paz suscrito entre las FARC-EP y el Gobierno Nacional. Según Deas, esta afirmación no es absolutamente СКАЧАТЬ