Название: El derecho contra el capital
Автор: Enrique González Rojo
Издательство: Bookwire
Жанр: Социология
Серия: Ensayo
isbn: 9786079612085
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Con el paso del tiempo, el deterioro de la monarquía de julio convenció a sectores de la sociedad cada vez más amplios sobre la necesidad de una transformación del régimen político. Los banquetes de 1847 canalizaron el descontento generalizado a través de la petición de una reforma político-civil, sin embargo, muchos de sus partidarios no tenían ningún interés en las demandas de los trabajadores y tampoco estaban demasiado convencidos de que esa reforma debería llevar a la instauración del sufragio universal. El 29 de noviembre de 1847, Engels se esforzaba en explicar a los ingleses las diferencias existentes dentro del movimiento reformista francés de la siguiente manera:
“¿Pero qué clase de reforma se exigen?”, preguntarán ustedes, las propuestas de reformas difieren tanto como pueden diferir entre sí los matices del liberalismo y el radicalismo. La exigencia mínima [defendida por los liberales] es la de que el derecho de sufragio se extienda a las capacidades —los que en Inglaterra tal vez llamarían ustedes la gente académica—, aunque no paguen los 200 francos de impuestos directos, que son hoy un requisito para poder votar. Los liberales, además, comparten más o menos con los radicales otras propuestas […].85
Según esta caracterización,86 el ala liberal del orleanismo exigía la ampliación del sufragio a un grupo limitado de personas consideradas capaces o, en el mejor de los casos, apostaba por la reducción de la renta necesaria para poder votar. En sentido estricto, esto significaba que los liberales se daban por satisfechos con una reforma que ampliara el derecho de participación política para los círculos intelectuales y la pequeña burguesía, pero no para los trabajadores asalariados. Los radicales, por el contrario, exigían el sufragio universal porque, entre otras razones, veían en la ampliación de derechos políticos un instrumento para enfrentar los estragos del mercado laboral.87 En un artículo distinto publicado en la antesala de la revolución de febrero, Engels citaba el discurso pronunciado por Floçon en uno de los pocos banquetes organizados por los demócratas:
Aquí a nuestro lado, la democracia, con sus veinticinco millones de proletarios88 a los que tiene que liberar y a los que da la bienvenida con los nombres de ciudadanos, hermanos, hombres iguales y libres; allí la oposición bastarda con sus monopolios y su aristocracia del dinero. Ellos hablan de reducir a la mitad el censo de la fortuna necesario para votar. ¡Nosotros, por nuestra parte, proclamamos los Derechos del Hombre y del Ciudadano!89
Floçon se refería a la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano aprobada por el jacobinismo radical en 1793, en la cual se eliminaba la distinción entre ciudadanos activos y pasivos. Como entonces, la ampliación de derechos políticos era inseparable de la lucha contra la miseria y la dependencia, sólo que ahora esos fenómenos estaban asociados a un mercado de trabajo desregulado.
Uno de los personajes que comprendieron mejor este vínculo fue Alexis de Tocqueville. En un discurso pronunciado en la Cámara de diputados el 27 de enero de 1848, el francés lamentaba que las “pasiones” del republicanismo radical “de políticas, se [hubieran] convertido en sociales”, poniendo en riesgo las bases sobre las que reposa “el ordenamiento natural” de la sociedad.90 Y es que, para Tocqueville, la democracia sólo era defendible si la ampliación de los derechos políticos no implicaba una intervención del derecho en el orden de lo social. Aunque partidario del sufragio universal, el autor de La democracia en América coincidía con el grueso de los liberales en que la esfera de la “sociedad civil” respondía a un conjunto de reglas económicas incompatibles con la acción del gobierno.
Los republicanos radicales de 1848, en cambio, vinculaban la exigencia del sufragio universal (democracia) con el intento de acabar con las formas ilegítimas de dependencia (fraternidad) generadas por el mercado de trabajo.91 En 1847, por ejemplo, Marx fue nombrado Vicepresidente de “La Sociedad Democrática para la Unión y Cofraternización de los pueblos”,92 un organismo que, a su vez, estaba relacionado con la asociación inglesa Fraternal Democrats, ambas partidarias de la lucha por la emancipación de los trabajadores y la búsqueda de una república democrática.93 De igual forma, durante el gobierno provisional de la II República los ebanistas se organizaron en una “Asociación fraternal y democrática de ebanistas”, la cual reivindicaba “el gran principio de Fraternidad” consistente en “la igualdad de derechos para todos sin distinciones”.94 La quinta edición de la L´Organisation du travail, escrita por el único socialista que perteneció al gobierno provisional de la II República, fue publicada por la Sociedad de la Industria Fraternal. Los ejemplos podrían proseguir indefinidamente.
En todo caso, lo importante es mostrar que la verdadera confrontación en el escenario político de esa época no tuvo lugar entre un liberalismo democrático partidario de la libertad individual y un colectivismo radical promotor de la igualdad, sino entre dos formas de concebir las atribuciones jurídico-políticas de la república: una absolutamente renuente a extender el derecho a la esfera de lo social y otra cuya pretensión era hacer de las instituciones republicanas instrumentos para acabar con la dependencia material.
Conclusiones
Tanto en 1792 como en 1848 la noción de fraternidad sirvió para hacer frente a aquella concepción de la modernidad que intentaba desvincular el papel del derecho del combate a las formas de dependencia material. Aunque ferozmente derrotado en junio de 1848, el proyecto republicano fraternal instauró la convicción de que, en el mundo moderno, la legitimidad de la democracia era inseparable de la independencia civil de sus ciudadanos. No se trataba, por tanto, de reivindicar una sociedad donde la libertad y la propiedad fueran destruidas en aras de alcanzar la nivelación material de todos los seres humanos, sino de enfrentar los estragos de una concepción de la modernidad dispuesta a llamar “libres” a formas de organización social fundadas en la sujeción de las mayorías. Desde ese punto de vista, la modernidad política quedaría reducida a la universalización de los derechos civiles, aun cuando los ciudadanos estuvieran sujetos a condiciones de dependencia patronal y patriarcal.95
Aunque aparentemente reducidas a su aspecto histórico, estas consideraciones no carecen de importancia para una reflexión actual. Tanto el movimiento feminista contemporáneo, como la organización de los pueblos ante las nuevas oleadas de despojo, así como las luchas contra el desmantelamiento de los derechos sociales o las exigencias de medidas político-económicas para la redistribución de la riqueza social, coinciden en reivindicar una visión de la sociedad donde la idea misma de democracia se vuelva inseparable de la lucha contra las formas de dependencia material. Sea mostrando que la perpetuación de una sociedad patriarcal es inseparable de las condiciones que reproducen formas de dependencia material selectiva; sea mostrando que las instituciones de protección social son imprescindibles para la conformación de una sociedad política integrada por ciudadanos autónomos y no por súbditos sujetos a dictados heterónomos; sea defendiendo el derecho de los pueblos a hacer uso de sus recursos naturales para salvaguardar su existencia por encima de la dictadura de un mercado laboral deshumanizado; todas estas demandas asumen una visión de la democracia absolutamente incompatible con el discurso liberal.
En el fondo, la narrativa que vincula el origen СКАЧАТЬ