Guía para la preparación de profesionales en comercio exterior y operaciones internacionales.. ACOCEX
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       Prima del seguro internacional hasta el puerto de destino.

      3.3. Orgalimes

      Son las condiciones generales para el suministro de productos mecánicos, eléctricos y electrónicos, a la par de los Incoterms.

      Estas condiciones generales serán de aplicación cuando las partes así lo acuerden por escrito o de otra manera. Cuando las condiciones generales sean de aplicación a un contrato específico, cualquier modificación o desviación respecto de estas deberá ser pactada por escrito.

      El objeto o los objetos que deban ser suministrados al amparo de las presentes condiciones generales serán referidos a continuación como “el producto”.

      Dondequiera que las presentes condiciones generales hagan uso del término “por escrito”, este deberá ser interpretado como realizado mediante documento firmado por las partes, o mediante carta, fax, correo electrónico o mediante cualquier otro medio que haya sido acordado por las partes.

      Cualquier condición comercial acordada será interpretada de conformidad con los Incoterms vigentes en la fecha de formalización del contrato. Si no hubiera sido específicamente pactada condición comercial alguna, la entrega deberá ser efectuada (EXW). Si, en caso de entrega (EXW), el proveedor se encarga, a petición del comprador, de realizar el envío del producto a su destino, la transferencia del riesgo se produce como tarde en el momento en que el producto es entregado al primer transportista. Salvo pacto en contrario, estarán permitidas las expediciones parciales

      3.4. Liner Terms

      Liner Terms es una expresión muy ambigua y puede ser interpretada en una variedad de formas en diferentes puertos del mundo y por diferentes armadores/agentes. Personalmente, preferimos definir claramente la extensión de la responsabilidad cuando se cotice sobre esta base.

      Términos de línea o de muelle: En términos de línea o de muelle implica que las operaciones de carga, estiba, desestiba y descarga están cotizadas dentro del flete. Se excluyen el costo de las operaciones previas al gancho en la carga y posteriores a este en la descarga.

      Full Liner Terms

      Este término es algo mas vago en función de las diferentes prácticas de puertos. Sin embargo, generalmente implica que el valor de flete provisto incluye tanto el manipuleo de puerto como el de a bordo, trincado/destrincado, material de rellenado e impermeabilizado, asegurado/desasegurado y todos los costos de presentar/recibir la carga por parte del vapor; con los embarcadores/recibidores solamente encargándose del costo de descargar/cargar el transporte, juntamente con los gastos usuales de puerto, tasas, impuestos, etc.

       Frecuentemente, los términos son variados en los diversos destinos del viaje (v.g. FILO (Free In/Liner Out), LIFO (Liner In/Free Out) o FIFO (Free In/Free Out), etc.

      Para estar absolutamente seguro de todos los cargos a pagar, es siempre aconsejable pedir que los términos indiquen clara y concisamente qué está/no está incluido en su contrato particular en términos comunes.

      Liner Terms Hook

      Dado que este es un punto conceptual en términos de chartering, es mejor descripto como el embarcador/receptor acordando para el despacho/recibo de la carga hacia/desde directamente bajo el gancho del vapor y el vapor pagando por el trabajo de almacenar la carga en sus bodegas, así como el trincado y aseguramiento de la carga a bordo y provisión de material de relleno e impermeabilizado, y descargar nuevamente al costado de vapor. Los aspectos de manipuleo en puerto continúan siendo la responsabilidad del embarcador/recibidor, sin embargo hay algunos armadores que pueden incorporar estos costos en sus tarifas de LTHH. Una vez más, es fundamental preguntar a los armadores que se definan claramente en este aspecto.

       Los gastos de puerto/tasas/impuestos pueden ser un tema de discusión, pero son usualmente considerados como a cargo de los embarcadores/receptores y puede también haber otras tasas estatutarias en las cargas o fletes que pudieran aplicarse.

      Muchos embarcadores/receptores no están al tanto de estos costos adicionales y no los incluyen en sus costeos y consecuentemente pueden quedar con gastos considerables no esperados al momento de la finalización de un proyecto.

      FI/Libre dentro:

      Implica que los gastos correspondientes a la operación de carga no están incluidos en el flete y correrán por cuenta de la mercadería. Sí están incluidos los gastos de estiba y descarga.

      FIO/Libre dentro:

      También para cargas a granel implica que el flete cotizado no incluye los gastos de las operaciones de carga y descarga, sí los de estiba.

      FILO/Libre dentro, descarga fuera:

      Los gastos de carga son por cuenta de la mercadería y los gastos de descarga por cuenta del armador o transportista.

      FISLO/Liner out:

      El flete cotizado no incluye las operaciones de carga y estiba. La descarga en condiciones de línea, es decir por cuenta del armador.

      FIO and stowed/Libre dentro y fuera, libre de estiba:

      El flete cotizado no incluye los gastos de las operaciones de carga, descarga y estiba.

      Es sumamente importante recordar que la referencia a free o libre es vista desde el punto de vista del armador, no del embarcador. Algunos embarcadores malinterpretan cuando leen la palabra free, ya que incorrectamente creen esta cláusula se refiere a ellos.

       Las tarifas de fletes cotizadas en base FIOS específicamente excluyen todos los aspectos relacionados al manipuleo de la carga. El vapor es solamente responsable por los gastos que surgen de su llamada a puerto como remolques, prácticos, balizamiento, etc.

      Otra consideración muy importante cuando se reserva una carga bajo los términos FIOS es que el vapor no tiene ninguna responsabilidad por la velocidad de carga o descarga.

      Usualmente, la tarifa acordada incluye un periodo libre de tiempo fijo para operaciones de carga/descarga, después del cual se incurre en una demora diaria.

      Recuerde

      Orgalimes, Fosfa y Liner Terms, son normas especiales que se ajustan a determinados productos, cuyo manejo internacional es complejo.

      Obviamente, esto es de máxima importancia en donde la congestión de puertos y la performance del manipuleo son inciertos.

      Hay muchos puertos en el exterior que caben en esta categoría y particularmente en donde las tarifas de demora de vapores pueden variar en forma significativa, dependiendo del tamaño y tipo de vapor nominado para implementar el proyecto particular.

      FIOST: Libre dentro, libre de estiba, trimado y puesto fuera del buque. Ídem FIO, pero excluye el gasto de paleo del grano por cuenta del transportista, quedando a cargo de la mercadería.

      FIOST LS/Libre dentro, libre de estiba, trimado y puesto fuera del buque: Además de lo indicado en FIOST, el gasto de trabar y asegurar la carga (trincar) debe correr por cuenta de la mercadería.

      LIFO/Carga fuera, descarga dentro: los gastos de carga son por cuenta del armador o transportista y los gastos de descarga por cuenta de la mercadería.

      3.5. Fosfa

      La Federación de Asociaciones СКАЧАТЬ