Название: Ley y justicia en el Oncenio de Leguía
Автор: Carlos Ramos
Издательство: Bookwire
Жанр: Социология
isbn: 9786123171322
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Carlos Ramos Núñez (Arequipa, 1960) es magistrado del Tribunal Constitucional del Perú, doctor en derecho y magíster en derecho civil por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Es profesor principal del Departamento de Derecho de la PUCP y profesor en el doctorado en Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
Es Miembro de Número de la Academia Nacional de Historia y de la Academia Peruana del Derecho, y Miembro Corresponsal de la Real Academia de Historia de Madrid y la Academia de Derecho y Ciencias Sociales de Argentina. Ha sido profesor visitante en la Universidad de California en Berkeley y es fundador del Institutuo Latinoamericano de Historia del Derecho, así como de diversas revistas académicas.
Entre sus publicaciones destaca su monumental Historia del derecho civil peruano. Siglos XIX y XX, por la que ha recibido varias distinciones, entre ellas el Premio Internacional Ricardo Zorraquín Becú. Por su trayectoria intelectual y académica ha sido acreedor al Premio Bustamante de la Fuente.
Carlos Ramos Núñez
Ley y justicia
en el Oncenio de Leguía
Ley y justicia en el Oncenio de Leguía
Carlos Ramos Núñez
© Carlos Ramos Núñez, 2015
© Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015
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Imagen de carátula: Portada de Variedades, XV(602), 13 de setiembre de 1919
Prohibida la reproducción de este libro por cualquier medio, total o parcialmente, sin permiso expreso de los editores.
ISBN: 978-612-317-132-2
A la memoria de mis extintos amigos Juan Abugattás, Pedro Planas y David Colmenares, impregnados todos por el sino del Oncenio de Leguía
Somos así, una patria convulsiva y explosiva. Prisiones, porrazos, gritos y el Panóptico en actualidad palpitante. Lima sin estas cosas no es Lima. Son estos que ahora pasamos, los días rabiosamente peruanos, intensamente peruanos que extrañamos en otros momentos.
Gastón Roger, La perspectiva diaria
To study law is to study power
Vilhelm Aubert
Introducción
Corría el año de 1997, Enrique Bernales Ballesteros, profesor del curso de Ciencia Política y Derecho Público en el Doctorado en Derecho de la Universidad Católica, propuso al pequeño grupo de docentes que seguía el programa un conjunto de temas. En su lista el único tema de carácter histórico aludía al Oncenio de Leguía. Aun cuando me interesaba abordar un tema del siglo diecinueve —que no asomaba en la relación alcanzada—, elegí esa etapa de nuestra historia republicana, pero para ocuparme de aspectos poco conocidos como la política legislativa y el control de la magistratura. Casi coincidentemente llevaba a cabo en ese entonces una investigación por encargo de la Fundación Canevaro sobre Ignacia Rodulfo viuda de Canevaro, la adinerada y generosa matrona limeña que constituyó con su fortuna una obra pía; más concretamente, una fundación para atender las necesidades de los desvalidos. El trabajo sobre doña Ignacia, quien falleció en 1923, me deparó la ocasión para reunir y fichar materiales en torno a ese periodo. Las revistas Variedades y Mundial, que pertenecieron a don Pedro Denegri Cornejo, cayeron en mis manos gracias a la desidia de su entonces propietario y a la adquisición de mi exalumno de la Universidad de Lima, Eduardo Sal y Rosas, quien, convertido en un furtivo colaborador, las rescató literalmente de la basura.
Mi colección de Variedades y Mundial me sería útil también para otras investigaciones, como mi Historia del derecho civil peruano. Siglos XIX y XX. David Colmenares, un bibliófilo erudito del leguiismo, me sorprendió después con su abrumadora documentación sobre el Oncenio que, además de libros y revistas, incluía fotografías, cartas, papeles oficiales, volantes, películas y discos. Colmenares mismo, leguiista él (al punto que un retrato de Leguía presidía la entrada a su oficina), propició varios encuentros con Pedro Planas —antileguiista furibundo y autor de La República autocrática, en contraposición a la República aristocrática, a la que de algún modo procuraba reivindicar— y con Juan Abugattás, serio estudioso de la ciencia política con contenido histórico, a la sazón director del Instituto de Investigaciones de la Universidad de Lima, interesado en el tema. Ni Colmenares ni Planas ni Abugattás nos acompañaban físicamente, pero en su momento contribuyeron, de un modo o de otro, en la elaboración de este trabajo. Las conversaciones de sobremesa culminaron en la disertación de mi monografía en el marco de las actividades de nuestro Seminario de Historia del Derecho del Instituto Riva-Agüero, hoy Grupo Peruano de Historia del Derecho. Diversos compromisos académicos que se plasmaron en otras publicaciones retrasarían la culminación de este libro. En el entreacto, tanto David Colmenares como Pedro Planas, dos lúcidos exponentes de mi generación, fallecieron tempranamente. A ellos les seguiría Juan Abugattás. A la memoria de todos ellos dedico este trabajo.
Debo agradecer, asimismo, a amigos y colegas interesados en la perspectiva histórico jurídica del Oncenio de Leguía, como Francisco Miranda Molina, magistrado y gran conocedor de la historia judicial del Perú; Jorge Zevallos-Quiñones Pita, bibliófilo y abogado; y Freddy Ronald Centurión Gonzáles, joven profesor de historia del derecho de la Universidad Santo Toribio de Mogrovejo, entendido igualmente en este periodo de nuestra historia jurídica y política, por sus consejos y sugerencias. Debo agradecer también a mi asistente Sandra Gutierrez y a mi hija Daniela por su oportuna ayuda y su temprano (y espero constante, si ello la hace feliz) interés por la historia del derecho y de la justicia.
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En el periodo que transcurre entre 1919 y 1930, conocido como el «Oncenio», se produjeron en el Perú un conjunto de cambios importantes en el ámbito económico, social y político que lo definirían como un proceso de modernización. El primer capítulo del libro, «La Patria Nueva: el entorno», se ocupa de este escenario histórico. El Estado y la sociedad civil peruanos, a partir de ese lapso, están revestidos de características que los diferenciarán de los rasgos que presentaba la República aristocrática bajo el civilismo. En el plano económico, sin aliviar su condición subordinada y periférica, el país reordena y consolida el aparato productivo. El desplazamiento de Inglaterra por los Estados Unidos en la dinámica de la economía mundial y la consiguiente sustitución de una dependencia manufacturera por una monetaria, repercuten en el Perú. La exportación en gran escala del capital americano, que buscaba ansiosamente el establecimiento de nuevos mercados financieros, a la vez que trae consigo una readecuación de la dependencia —vinculando estrechamente al modesto aparato productivo con una economía cada vez más internacionalizada—, agilizará el movimiento económico interno y posibilitará materialmente la puesta en marcha de un ambicioso programa de obras públicas y una enérgica reforma del Estado y de la sociedad. Concretamente, este proceso de modernización se evidenciará a través del inusual crecimiento físico y saneamiento ambiental de las ciudades, de ambiciosos planes agrícolas y de la acelerada construcción de carreteras y tendido de ferrocarriles, así como por el gradual establecimiento de nuevos patrones morales que genera un importante cambio en las mentalidades. El espíritu de competencia y el afán de lucro se intensificaron, como también la evaluación crematística. No se hablaba sino del «cuánto», sin preguntar el СКАЧАТЬ