Название: América ocupada
Автор: Rodolfo F. Acuña
Издательство: Bookwire
Жанр: Языкознание
Серия: BIBLIOTECA JAVIER COY D'ESTUDIS NORD-AMERICANS
isbn: 9788491349655
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Según el Tratado de Guadalupe Hidalgo, los mexicanos dejados atrás disponían de un año para elegir entre regresar al interior de México o permanecer en el “México ocupado”. Cerca de 2000 eligieron trasladarse: sin embargo, la mayor parte permaneció en lo que consideraba su territorio. La situación era muy similar a la de otros pueblos conquistados, porque la legalidad de la ocupación por la fuerza está todavía a discusión. El artículo IX del tratado garantizaba a los mexicanos: “El disfrute de todos los derechos de los ciudadanos de los Estados Unidos según los principios de la Constitución; y al mismo tiempo debían ser protegidos y apoyados en el libre disfrute de su libertad y propiedad y debía garantizárseles el libre ejercicio de su religión sin restricciones”.66 Este artículo y la adhesión de Estados Unidos hacia él han sido ampliamente discutidos por los estudiosos. Muchas fuentes admiten que los angloamericanos han respetado la religión de los chicanos; por otra parte, los chicanos y estudiosos renombrados opinan que los derechos de la integridad cultural y los derechos de ciudadanía han sido constantemente violados. Lynn I. Perrigo, en The American Southwest, resume las garantías de los artículos VIII y IX, escribiendo: “En otras palabras, además de los derechos y deberes de los ciudadanos norteamericanos, ellos [los mexicanos] tendrán algunos privilegios especiales derivados de sus costumbres anteriores respecto a idioma, leyes y religión”.67
A pesar de estas garantías, los chicanos han sido sometidos a un genocidio cultural, así como a violaciones de sus derechos. La Documentary History of the Mexican Americans, publicada en 1971, afirma: “Como única minoría, aparte de los indios, asimilada mediante la conquista, los mexicanos norteamericanos han sido sometidos a una discriminación económica, social y política, así como a un alto grado de violencia a manos de sus conquistadores anglos. Durante el periodo comprendido entre 1865 y 1920, volvieron a producirse linchamientos de mexicanos norteamericanos en el suroeste. Pero la peor violencia ha sido la inflexible discriminación contra la herencia cultural –idioma y costumbres– de los mexicanos norteamericanos, sumada a la explotación económica de todo el grupo. Los derechos de propiedad estaban garantizados, pero no defendidos, por los gobiernos federal ni estatal. La igualdad ante la ley ha sido constantemente burlada en las comunidades mexicano-norteamericanas”.68
Igual de polémica es la protección explícita de la propiedad. Aunque la mayoría de los análisis no consideran el omitido artículo x, este artículo incluía amplias garantías protegiendo “todos los títulos de propiedad anteriores y pendientes de cualquier descripción”. Cuando esta cláusula fue rechazada por el Senado de Estados Unidos, los representantes mexicanos protestaron. Los emisarios angloamericanos los tranquilizaron redactando una Declaración de Protocolo el 26 de mayo de 1848, que decía así: “El gobierno norteamericano, al suprimir al artículo X del Tratado de Guadalupe Hidalgo, no pretendía en ninguna forma anular las concesiones de tierras hechas por México en los territorios cedidos. Estas concesiones… conservan el valor legal que puedan tener, y los concesionarios pueden tramitar sus derechos (títulos) para que sean reconocidos ante los tribunales norteamericanos. De acuerdo a la ley de Estados Unidos, los títulos legítimos de cualquier tipo de propiedad, personal y real, existente en los territorios cedidos, son los mismos que eran títulos legítimos bajo la ley mexicana de California y Nuevo México hasta el 13 de mayo de 1846, y en Texas hasta el 2 de marzo de 1836”.69
Es dudoso, considerando la oposición mexicana al tratado, que el Congreso mexicano hubiera ratificado el tratado sin esta aclaración. La votación fue reñida. La Declaración de Protocolo fue reforzada por los artículos VIII y IX, que garantizaban los derechos mexicanos de propiedad y de protección legal. Además, las decisiones de los tribunales siempre interpretaron el tratado como protector de los títulos de tierras y derechos de aguas. No obstante, sigue siendo un hecho que la propiedad fue arrebatada y los derechos individuales violados, sobre todo mediante manipulaciones políticas.
Una cosa es hacer un tratado y otra respetarlo. Estados Unidos tiene una tradición particularmente pobre en cuanto a la forma en que ha cumplido las obligaciones de sus tratados, y como veremos en los siguientes capítulos, casi absolutamente todas las cláusulas arriba citadas fueron violadas, confirmando la profecía del diplomático mexicano Manuel Crescendo Rejón, quien comentó en la época de la firma del tratado:
Nuestra raza, nuestro infortunado pueblo tendrá que ir a buscar hospitalidad a una tierra extraña, solo para ser arrojados después. Descendientes de los indios como somos, los norteamericanos nos odian, sus representantes nos menosprecian, aun cuando reconozcan la justicia de nuestra causa, y no nos consideran dignos de formar con ellos una sola nación y una sola sociedad, manifiestan claramente que su futura expansión comienza con el territorio que nos quitan y haciendo de lado a nuestros compatriotas que habitan esa tierra.70
CONCLUSIÓN
Manuel Crescencio Rejón confirma el legado dejado por la conquista anglo y su violencia. Los mexicanos fueron víctimas de injustas agresiones y transgresiones contra ellos y su nación. Mezclada con sentimientos de superioridad racial y cultural angloamericana, la violencia creó un legado de odio en ambos lados que ha sobrevivido hasta el presente. La imagen del texano ha llegado a identificarse con la del aborrecible y rudo opresor en toda Latinoamérica, mientras que muchos angloamericanos consideran a los chicanos como extranjeros con derechos inferiores. Como resultado de la guerra de Texas y las agresiones angloamericanas de 1845-1848, comenzó la ocupación del territorio chicano y empezó a tomar forma la colonización. La actitud de los anglos, durante el periodo de dominación que siguió a las guerras, se refleja en las conclusiones del famoso historiador texano que fue presidente de la American Historical Association, Walter Prescott Webb:
Era necesaria una sociedad europea homogénea adaptable a nuevas condiciones. Esto no lo podía ofrecer España en Arizona, Nuevo México y Texas. Sus fronteras, a medida que avanzaban, dependían cada vez más de una población india… Esta mezcla de razas significó con el tiempo que los soldados rasos del ejército español provenían principalmente de los indios pueblo o sedentarios, cuya sangre, comparada con la de los indios comunes, era como agua estancada. Hacía falta algo más que una pequeña mezcla de sangre española y un barniz de instrucción militar española para hacer soldados valerosos de los tímidos indios pueblo.71
Había comenzado una nueva era y, según los angloamericanos, contaban con un pueblo homogéneo y racialmente superior para dirigirla. La conquista sentó las bases de la colonia y justificó los privilegios económicos y políticos establecidos por los conquistadores. Muchos angloamericanos, historiadores tanto como profanos, padecen una amnesia histórica con respecto a cómo adquirieron y cómo mantuvieron el control sobre la tierra y el pueblo conquistado.
1 Cecil Robinson, “Flag of Illusion”, The American West, mayo 1968, v. v, no.3, 15.
2 T.R. Fehrenbach, Lone Star: A History of Texas and the Texans, New York: The Macmillan Co, 1968, 128.
3 Walter Prescott Webb, The Texas Rangers: A Century of Frontier Defense, Austin: University of Texas Press, 1965, 21-22. Tijerina, Tejanos under the Mexican Flag, 25-45. Letter from Gen. Manuel de Mier y Terán to Lucás Alamán, “¿En qué parará Texas? En lo que Dios quiera”. (“What is to become of Texas? Whatever God wills”.), julio 2, 1832, Sons of DeWitt Colony Texas.
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